El Gobierno dice que el coste de su herramienta ‘Hodio’ para medir el discurso de odio en redes está «por determinar»

El Gobierno dice que el coste de su herramienta 'Hodio' para medir el discurso de odio en redes está "por determinar"
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MADRID 8 May. –

El Gobierno admite que el coste de su herramienta ‘Huella de Odio y Polarización’ (HODIO), creada para medir el alcance de los discursos de odio en redes sociales y plataformas digitales, está «por determinar».

«Por último, en lo relativo a la última cuestión, se informa de que está por determinar», señala el Ejecutivo en una respuesta parlamentaria recogida por Europa Press.

Así lo pone de manifiesto tras una batería de preguntas del PP sobre la herramienta ‘Hodio’, anunciada en marzo por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante la inauguración de la Cumbre contra el Odio en Madrid.

En concreto, los ‘populares’ han registrado varias baterías de preguntas en las que interpelan al Ejecutivo sobre la herramienta. Por un lado, piden conocer el coste económico, su base jurídica, por el tipo de opiniones que analizará, así como por los mecanismos de control.

En este sentido, el Gobierno destaca en su respuesta que «en ningún caso» se prevé que este sistema analice contenidos vinculados a opiniones políticas, ideológicas o de carácter público expresadas por los ciudadanos en redes sociales, ya que «no aparecen dichas circunstancias en la definición de discurso de odio».

También expone que no se estudiarán los mensajes de forma individualizada, sino «la amplitud y prevalencia» de los mismos, y subraya que el análisis se realizará «exclusivamente» sobre contenido público disponible en las plataformas, «sin acceso a mensajes privados ni a datos personales de los usuarios». «No obstante, se cumplirá rigurosamente esta normativa sobre protección de datos como cualquier otra normativa que pueda aplicarse tanto nacional como internacional», agrega.

En cuanto a los mecanismos de control, auditoría o supervisión, informa de que se determinará «una vez terminado el desarrollo de la herramienta».

Por otro lado, el PP pregunta por el ministerio u organismo de la Administración General del Estado responsable del desarrollo del sistema, así como por la fase de desarrollo, el calendario previsto y por la definición operativa para determinar qué contenidos constituyen «odio» o «polarización».

Del mismo modo, pide conocer los criterios técnicos, jurídicos o metodológicos que se emplearán para identificar y clasificar los contenidos analizados y por la participación de organismos académicos, expertos independientes u otras instituciones en la elaboración de la metodología de análisis del sistema.

En esta línea, el Gobierno asevera que el proyecto se encuentra «en la fase inicial y de coordinación interna», que implica a diversos departamentos y organismos con competencias complementarias.

«El objetivo de esta etapa preliminar es garantizar que cualquier actuación futura se desarrolle con las máximas garantías, preservando siempre los principios constitucionales y el pleno respeto a los derechos y libertades fundamentales. Una vez visto avanzada esta etapa, se podrá hacer un calendario concreto de las distintas fases», explica.

Respecto a la definición de discurso de odio, expone que está basada en la definición establecida en la Recomendación núm. R (97) 20 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, de 30 de octubre de 1997, que recoge que es: «Cualquier forma de expresión que difunda, incite, promueva o justifique el odio racial, la xenofobia, el antisemitismo u otras expresiones de odio basadas en la intolerancia, incluidas las manifestaciones de nacionalismo violento y etnocentrismo, la discriminación, así como la hostilidad hacia las minorías y los inmigrantes».

De la misma manera, el Ejecutivo indica que el sistema identificará mensajes públicos, «potencialmente problemáticos», a partir de un corpus de términos y expresiones asociados al discurso de odio y la polarización, de acuerdo con la definición indicada anteriormente.

PROCESOS DE CLASIFICACIÓN

Posteriormente, agrega que los contenidos detectados se analizarán mediante procesos de clasificación que permitirán determinar si el mensaje contiene «elementos de desprecio, hostilidad, discriminación o generalización hacia un determinado colectivo social que van a minar la dignidad humana de esa persona por pertenencia a un determinado colectivo».

Así, detalla que se combinará análisis automatizado en la primera fase (para procesar grandes volúmenes de información) con supervisión humana y subraya que «se realizará exclusivamente sobre contenido público disponible en las plataformas, sin acceso a mensajes privados ni a datos personales de los usuarios».

Finalmente, argumenta que la identificación del discurso de odio «no se basa en percepciones subjetivas, sino en marcos conceptuales sólidos, basados en investigación académica y en estándares internacionales».

Por ello, añade que la participación del ámbito académico «garantiza, por lo tanto, rigor científico, coherencia en los criterios de análisis y una base empírica sólida para la evaluación de los contenidos». «Se trabaja, para ello, como se ha venido haciendo en todo momento con expertos académicos expertos en estas materias», concluye.

CL23