26 octubre 2026

Andorra rebaja los requisitos para acceder al Programa 30-40 de ayudas a la vivienda

Andorra rebaja los requisitos para acceder al Programa 30-40 de ayudas a la vivienda
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A partir de ahora podrán pedirlo todas las personas que cobren el salario mínimo

El Gobierno de Andorra ha anunciado este lunes un ajuste en el reglamento del programa de ayudas temporales para favorecer la vivienda asequible, conocido como Programa 30-40 y presentado a mediados de septiembre, que rebaja los requisitos de acceso y amplía el número de personas que podrán beneficiarse de él.

Según ha informado el Ejecutivo en un comunicado, la principal modificación es la reducción del umbral mínimo de ingresos exigible para acceder al programa, de forma que los aspirantes a la ayuda deberán percibir, como mínimo, unos ingresos equivalentes al salario mínimo interprofesional vigente (1.568,67 euros), en vez de 1,2 veces el salario mínimo que se había establecido inicialmente.

También se mantienen las excepciones previstas para los estudiantes de enseñanza superior, las personas en situación de incapacidad temporal, las personas que cuidan de dependientes y las personas jubiladas o beneficiarias de determinadas pensiones.

El nuevo reglamento también establece que las personas que cumplen el requisito de 15 años de residencia y los umbrales de ingresos del programa deberán solicitar preferentemente dicha ayuda, y solo si la petición se resuelve desfavorablemente podrán pedir la ayuda para la vivienda de alquiler de la cartera de servicios sociales.

Igualmente, las personas que actualmente son beneficiarias de una ayuda al alquiler de Asuntos Sociales también podrán solicitar el Programa 30-40 y, en caso de resolución favorable, la concesión conllevará la renuncia automática a la ayuda anterior.

El reglamento también simplifica el procedimiento de solicitud, instrucción y resolución, de forma que la petición se presentará telemáticamente a través de la sede electrónica del Gobierno mediante una declaración autorresponsable, en que la persona solicitante certificará la exactitud de los datos aportados.

El nuevo reglamento entrará en vigor el 1 de noviembre, momento a partir del cual se podrán presentar las solicitudes y, en caso de resolución favorable, los efectos económicos empezarán el 1 de enero de 2027 o en la fecha de presentación de la solicitud si es posterior.

CL11