Un particular afectado por la suspensión de la ‘ley de nietos’ secunda en el TC el recurso del Defensor del Pueblo
MADRID 20 Oct. –
Un ciudadano particular afectado por la suspensión cautelar que acordó el Tribunal Supremo del voto de los nacionalizados por la ‘ley de nietos’ se ha adherido al recurso de amparo que interpuso el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ante el Tribunal Constitucional (TC) para que se les permita votar.
En un recurso al que ha tenido acceso Europa Press, este ciudadano de origen argentino y nacionalizado español en 2025 a través de esta vía señala que «recientemente ha recibido información» relativa a la suspensión cautelar y «la necesidad de acudir a la correspondiente información consular a los efectos de conocer la afectación y supresión de su derecho de sufragio activo».
La representación del hombre, que está dirigida por el despacho del exmagistrado Baltasar Garzón, señala que está legitimado para esta cuestión «por su condición de agraviado», por ser «directamente afectado con la decisión cautelar del Tribunal Supremo, al dejar suspenso su derecho de sufragio activo» para participar en las próximas elecciones generales del 29 de noviembre.
El abogado Pedro Javier Díaz aduce que las medidas cautelares adoptadas por el Supremo el pasado 12 de octubre «ya están influenciando irreversiblemente el procedimiento electoral», por lo que la eventual suspensión de dichas medidas por parte del Constitucional «son el único y propicio mecanismo de salvaguardar los derechos de sufragio activo afectados».
Todo ello porque, asegura, «se está aún a tiempo de garantizar que todos los ciudadanos españoles inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA)» por la vía de la adquisición de la nacionalidad española por la ‘ley de nietos'» puedan desplegar y ejecutar su derecho de participación política en las próximas elecciones generales».
Así, el letrado se adhiere al recurso de amparo que interpuso el Defensor del Pueblo ante el TC porque considera que las medidas cautelarísimas que solicitó «son imprescindibles y son el único cauce legal para garantizar el ejercicio del derecho de sufragio activo».
Y es que en su recurso, al que tuvo acceso esta agencia de noticias, el Defensor del Pueblo reclamó al TC que «aprecie la concurrencia de una urgencia excepcional» y decrete «de forma inmediata» la medida cautelarísima de declarar nulos los autos del Supremo que por partida doble, en septiembre y en octubre, confirmaron la paralización del voto de forma cautelar mientras el alto tribunal analiza el fondo del asunto.
También quiere que el Constitucional ordene a la Junta Electoral Central que se mantenga la vigencia e inclusión de los ciudadanos españoles residentes en el extranjero e inscritos en el CERA «de la manera anterior a esas resoluciones, de modo que puedan, si así lo desean, ejercitar su derecho al sufragio activo en las próximas elecciones generales».
Para el Defensor del Pueblo, la celebración de elecciones el próximo 29 de noviembre «conlleva una serie de trámites y actos preclusivos muy próximos en el tiempo que, en este caso, no podrían cumplirse de no adoptarse la medida cautelar de manera inmediata».
A su entender, la decisión del Supremo vulnera los derechos a la igualdad, a la participación en los asuntos públicos y a la tutela judicial efectiva.
«El objetivo fundamental de este recurso es conseguir el restablecimiento del derecho fundamental al sufragio activo, al voto, de algo más de 160.000 ciudadanos españoles mediante la estimación del amparo. Y, con ello, preservar el derecho al sufragio activo sin limitaciones no previstas en la normativa electoral», señaló.
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