22 septiembre 2026

Exedil declara en el juicio del ‘caso Marchelo’ que la gasolinera tuvo informes favorables y niega presiones

Exedil declara en el juicio del 'caso Marchelo' que la gasolinera tuvo informes favorables y niega presiones
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GRANADA 22 Sep. Agencias –

El exconcejal de Urbanismo en el Ayuntamiento de Alhendín (Granada) Manuel Fernández ha declarado este martes que la gasolinera cuya tramitación y construcción está siendo objeto de juicio en la última pieza separada del ‘caso Marchelo’ contó con los informes favorables de los técnicos.

Junto a ello, ha negado que recibiera «indicaciones» del entonces alcalde y dueño de los terrenos, José Guerrero (PP), para que votara a favor del expediente, que se tramitó entre 2002 y 2003, y en el que no intervino directamente, según su relato.

El exconcejal de Urbanismo ha sido el primero de los seis acusados en declarar en el juicio que se sigue en la Audiencia de Granada por esta pieza separada, que afronta su desenlace después de que la instrucción de la macrocausa a la que pertenece se haya dilatado durante casi veinte años. De hecho, la pieza ya ha sido archivada provisionalmente por motivos de salud para el exalcalde nonagenario de esta localidad.

Tanto Fernández como los otros dos exconcejales acusados han declarado que ellos no participaban en los expedientes urbanísticos que llegaban a la Junta de Gobierno Local, en una época en la que podían llevarse una media de 60 al mes. Según su testimonio, tampoco conocieron los pormenores del expediente de la gasolinera y votaron a favor de las distintas licencias que permitieron su construcción porque contaron con los informes técnicos favorables y entendieron por tanto que «todo estaba bien».

El exedil de Urbanismo ha dicho que no se enteró de que los terrenos eran del alcalde hasta que en una Junta de Gobierno Local celebrada en septiembre de 2003 el regidor se «abstuvo de votar» en el expediente por «tener alguna implicación». En el mismo sentido se han pronunciado los otros dos ediles. Uno ha dicho que se enteró ese mismo día y la otra, «en la calle» tiempo después.

Según la Fiscalía, los terrenos estaban en la categoría de ‘suelo urbano, agrupación intensiva de vivienda unifamiliar», por lo que la actividad de la gasolinera contravenía la normativa urbanística. Posteriormente hubo un presunto cambio fraudulento en la clasificación del suelo para que se pudiera construir y explotar comercialmente este negocio.

El exconcejal de Urbanismo ha asegurado no recordar qué calificación tenía el suelo en ese momento, pues era el secretario el que aportaba la documentación al expediente, y afirma que la modificación del PGOU se llevó a cabo «por otras muchas cosas», pues en ningún momento hubo «directrices» para legalizar de este modo la gasolinera.

En similar sentido se han expresado los otros dos exediles acusados, afirmando que en ningún momento el alcalde intentó condicionar su voto durante la tramitación del expediente; y que no obtuvieron beneficios de la aprobación de esta licencia. Durante el juicio se ha puesto de manifiesto que ambos han sido absueltos en las otras dos piezas separadas que integraban esta macrocausa.

También ha declarado este martes el arquitecto técnico que emitió los informes favorables del expediente, en los cuales se ha ratificando descartando que con ellos contraviniera la legalidad urbanística.

Ha asegurado desconocer que los terrenos eran del regidor porque en esa época «no se pedían títulos de propiedad para la concesión de licencias» y al igual que el resto ha descartado que recibiera «indicaciones» en relación al expediente.

Sobre la calificación del suelo, ha explicado a preguntas de la fiscal que tenía un uso predominante residencial pero se podían incluir actividades industriales de tipo individual o familiar que «no generaran molestias». Junto a ello, solicitó una justificación externa sobre el encaje de la gasolinera en esta categoría que, según ha puesto de manifiesto la Fiscalía, se encargó a los ingenieros que trabajaban con los empresarios de la gasolinera.

La Fiscalía acusa de delitos de tráfico de influencias, prevaricación urbanística y prevaricación administrativa. Solicita 18 meses de prisión para los tres exconcejales implicados y para el técnico municipal; y 21 meses de prisión para el empresario presuntamente implicado. A ello suma la nulidad de la licencia de la gasolinera.

Los tres exconcejales han renunciado al derecho a la última palabra y se ausentarán en las dos próximas sesiones del juicio, que está fijado hasta el jueves, por motivos familiares y de salud.

La defensa del exconcejal de Urbanismo, ejercida por el letrado Rafael López Guarnido, ha solicitado la nulidad de las intervenciones telefónicas que se realizaron a su cliente en 2006, al entender que fueron ilegales por no existir elementos objetivos que las justificaran y dado que la investigación de esta pieza no se deriva de esas conversaciones.

La Fiscalía ha mostrado su discrepancia, recalcando que la intervención telefónica respetó los derechos constitucionales de acuerdo a los parámetros que había en aquella época. Ha recordado además que esta pieza se empezó a investigar a raíz de la denuncia del empresario que ejerce la acusación particular.

Sobre este último, las defensas han puesto en duda su condición de perjudicado directo que justifique el que ejerza la acusación particular. Ello, después de que a él se le denegara la licencia para la gasolinera por tratarse de un terreno residencial.

El letrado César Fernández Bustos ha hecho hincapié en que solo esta parte reclama indemnización, lamentando que después de veinte años de instrucción no haya sido calculado el importe y se deje para la ejecución de sentencia. Ha reclamado así que se expulse al empresario como acusación particular o, en su caso, se modifique a acusación popular –la cual no puede solicitar indemnización en el proceso penal–.

El letrado del empresario que acusa en esta causa, José Manuel Urquiza, ha señalado que este asunto ya fue recurrido y descartado por la Audiencia de Granada en un auto que no fue recurrido en ese momento.

La Sala ha optado por resolver en sentencia estas cuestiones previas aludiendo a la «complejidad» del tema vinculado a las intervenciones telefónicas y a las «dudas existentes» sobre la condición de perjudicado del empresario.

CL11