Condenados a un año de prisión por ocupar ilegalmente la casa de una vecina de Mairena del Aljarafe (Sevilla)
SEVILLA 29 Jun. Diario Dia –
Dos acusados de acceder a una vivienda ajena y permanecer en su interior «sin autorización o consentimiento alguno» por parte de su dueña, una vecina del municipio sevillano de Mairena del Aljarafe, han aceptado este lunes un año de prisión cada uno de ellos por sendos delitos de allanamiento y falsedad en documento privado.
Durante la vista oral, que ha tenido lugar durante la presente jornada en la Audiencia Provincial de Sevilla, ambos han reconocido los hechos, lo que ha propiciado tras un acuerdo entre las partes una rebaja de un año de cárcel respecto a la petición fiscal, que en principio solicitaba para cada uno dos años de prisión.
Según consta en el escrito de conclusiones provisionales del Ministerio Público, elevado a definitivo durante la cita, en el mes de julio de 2022 ambos se dirigieron al referido domicilio, que en ese momento se encontraba ausente por razones de trabajo.
Así las cosas, «accedieron al interior con la intención de mantenerse en la referida vivienda, sin que tuvieran autorización o consentimiento alguno».
Es más, los encausados «con la finalidad de acreditar un alquiler inexistente del referido domicilio, confeccionaron varios documentos en los que la madre de la propietaria recibía diversos importes como pago de renta», para lo que llegó a imitar la firma de la misma.
La Fiscalía consideró que los hechos eran constitutivos de un delito de allanamiento de morada y un delito de falsedad en documento privado. Finalmente, acusación particular, defensas y Ministerio Público han acordado fijar seis meses de prisión por cada uno de los dos delitos, bajo la condición de que ambos desalojen la vivienda en un período de un mes para que regrese a manos de su legítima propietaria.
Cabe mencionar que, no obstante, no llegarán a ingresar en prisión, dado que se ha concedido el beneficio de la suspensión de la condena privativa de libertad bajo la condición de que ambos no vuelvan a llevar a cabo conductas delictivas durante un período de dos años.
CL11
