24 abril 2026

El Supremo abre causa a un diputado de Sumar por presunta prevaricación cuando era alcalde de Altafulla (Tarragona)

El Supremo abre causa a un diputado de Sumar por presunta prevaricación cuando era alcalde de Altafulla (Tarragona)
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    MADRID, 24

   El Tribunal Supremo ha decidido abrir causa al diputado de Sumar en Comú Podem en el Congreso Félix Alonso Cantorné por un presunto delito de prevaricación administrativa cuando era alcalde de Altafulla (Tarragona).

   Según un auto, recogido por Europa Press, la Sala de lo Penal lo hace por la presunta adjudicación directa de contratos a dos empresas durante su etapa como primer edil entre 2011 y 2019.

   El Supremo, que designa instructor al magistrado Vicente Magro, basa su decisión en el criterio de la Fiscalía, a favor de admitir y seguir la causa en el alto tribunal, y en la exposición razonada enviada por un juzgado de la localidad tarraconense de El Vendrell.

   Y recoge que la investigación gira en torno a la contratación llevada a cabo por el consistorio del que era alcalde Cantorné –ahora aforado por su condición de diputado– con empresas sin sujetarse, supuestamente, a la normativa debida.

«ELECCIÓN ARBITRARIA DEL ADJUDICATARIO»

   A la vista de la información recibida, los magistrados indican que Cantorné, «presumiblemente, para dar apariencia de legalidad y sabiendo que no lo era, acudió a una dinámica de contratación a través de la figura del contrato menor, con lo que eludía los requisitos de publicidad».

   «Y permitía la adjudicación directa y posibilitaba una elección arbitraria del adjudicatario, en lugar de acudir al procedimiento correspondiente, en ocasiones, incluso, sin acudir a procedimiento alguno, con lo que, en principio, podemos considerar que hay indicios que apuntan a los elementos de un presumible delito de prevaricación administrativa», añaden.

   Los magistrados precisan que no significa que limiten la instrucción a ese delito, porque «esa irregular manera de contratar ha ido acompañada de una dinámica de facturación para hacer pago de los servicios, que no cabría descartar que pudiera apuntar a algún tipo de irregularidad, si así resultase del ritmo de la investigación».

   Por ello, resuelven que deben incoarse las oportunas diligencias de investigación «con la finalidad de confirmar, en su caso, ampliar la existencia de los indicios que se han venido indicando, como de descartarlos, si ese fuere el resultado de la investigación».

CL9