CNMV recuerda que solo entidades autorizadas estarán protegidas por reglamento MiCA a partir 1 de julio


MADRID, 15 (Agencias)
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) recuerda que solo aquellas entidades debidamente autorizadas contarán con la protección que ofrece el reglamento relativo a los mercados de criptoactivos (reglamento MiCA) a partir del próximo 1 de julio, fecha en la que entra en vigor de forma plena la legislación.
En un comunicado, el supervisor ha aclarado que, a partir de esa fecha, «solo podrán operar en España los proveedores que hayan obtenido la necesaria autorización».
Por este motivo, la CNMV subraya que los inversores no deberían operar con entidades que no hayan completado el proceso de autorización, puesto que no contarán con los mecanismos de protección y supervisión que contempla la citada normativa.
Ante este escenario, los proveedores de servicios sobre criptoactivos que no obtengan la autorización correspondiente para el ejercicio de su actividad en España antes del 1 de julio «deberán disponer de un plan de migración efectivo de sus clientes».
Dicho plan deberá contemplar la posibilidad de que sus clientes muevan los criptoactivos custodiados a otras direcciones y los fondos a cuentas de efectivo, un proceso que deberá contar «con las medidas necesarias de seguridad y de cumplimiento de la normativa de prevención de blanqueo de capitales».
Estas entidades podrán alcanzar un acuerdo con otro proveedor que sí cuente con autorización para operar. De esta manera, cada cliente podrán aceptar el traspaso de sus criptoactivos a este otro proveedor a través del cual podría continuar con su operativa una vez finalice el proceso de identificación.
El supervisor recalca que es necesario que estos proveedores realicen, con antelación suficiente, «una labor eficiente y continuada de comunicación a sus clientes para informarles con claridad de esta situación y del plan de migración que se va a llevar a cabo», especificando los plazos y las actuaciones que se generarían.
En este plan de migración se establecerá un plazo razonable de retirada por parte de los inversores y, una vez finalice, los criptoactivos y los fondos que no hayan sido retirados podrán ser transferidos a entidades autorizadas, comunicándolo a los clientes afectados.
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