CGPJ pide que los jueces puedan revisar la retirada automática de la patria potestad en los casos de violencia de género

MADRID, 20
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha avalado la retirada automática de la patria potestad prevista en el anteproyecto de ley de violencia vicaria para los condenados por delitos graves de violencia de género pero sugiere que los jueces puedan revisar esta medida, al considerar que el sistema necesita una «cláusula de apertura» que garantice la proporcionalidad de la misma y permita atender al interés superior del menor.
Así lo recoge el informe, preceptivo pero no vinculante, aprobado por unanimidad por el CGPJ este martes sobre el anteproyecto. Este introduce cambios en el Código Civil, el Código Penal y la Ley de Violencia de Género para reforzar la protección frente a la violencia vicaria.
El proyecto redactado por el Gobierno plantea que los progenitores condenados en sentencia firme por delitos graves contra la vida, la integridad física o psíquica, la libertad o la libertad sexual de los hijos comunes o de la esposa o pareja pierdan automáticamente la patria potestad. En su informe, consultado por Agencias, el CGPJ considera que la medida persigue «un interés legítimo de protección de las personas menores de edad» y la ve «adecuada y necesaria».
«Aun cuando la medida persigue un interés legítimo de protección de las personas menores de edad, y cabe entender adecuada y necesaria, a fin de garantizar su proporcionalidad, evitando su carácter cerrado, a pesar del automatismo inicial que tiene un evidente fin tuitivo del menor, debe preverse la posibilidad de la revisión de la privación de patria potestad cuando esté justificado por el interés superior del menor», apunta.
Por ello, el órgano propone añadir un nuevo párrafo al artículo 92.3 del Código Civil que permita revisar la privación de la patria potestad en aquellos casos en los que el interés superior del menor así lo aconseje: «Lo previsto en este apartado se entenderá sin perjuicio de lo establecido en el párrafo segundo del artículo 170 del Código Civil». En concreto, este párrafo establece que los Tribunales podrán, en beneficio e interés del hijo, acordar la recuperación de la patria potestad cuando hubiere cesado la causa que motivó la privación.
También aconseja especificar que esta retirada automática se entiende cuando existe sentencia «firme». Además, el CGPJ pide garantizar una adecuada coordinación de la medida que se impone en el ámbito civil con los pronunciamientos en el ámbito penal.
Así, explica que, por un lado, debe determinarse si la no imposición de la pena accesoria de privación o inhabilitación especial por no tener por acredita la relación directa entre el delito y la patria potestad condiciona de algún modo la adopción de la medida en el ámbito civil. Y, por otro lado, defiende que debe contemplarse, en los supuestos en que la sentencia condenatoria firme haya impuesto la pena de privación o inhabilitación especial, la relación de la duración de la pena impuesta con la vigencia de la medida civil.
Los jueces consideran necesario precisar cuánto tiempo durará la retirada y qué relación tendrá con la condena penal firme. «En definitiva, debe fijarse el límite temporal de la medida civil y garantizarse una adecuada coordinación con los pronunciamientos en la sentencia condenatoria firme», señala. Y, concretamente, plantea determinar si la privación termina cuando termina la condena o cuando prescribe el delito.
El anteproyecto elimina el requisito de que el niño o adolescente tenga «suficiente madurez» para poder ser oído en decisiones que le afecten. El CGPJ expone en el informe que en esta cuestión «no queda claro» cómo actuar en caso de que el menor no la tenga.
«Consideramos necesario que se aporte mayor claridad en relación con la necesidad de dar audiencia a los menores en función del criterio de la madurez ya que se advierte que, aunque el legislador persigue garantizar el derecho de los menores a ser escuchados, no queda claro cómo actuar en caso de que el menor no tenga suficiente madurez», argumenta.
DOS NUEVOS TIPOS DE DELITO DE VIOLENCIA VICARIA
Por otro lado, el anteproyecto destaca la creación de dos nuevos tipos de delito de violencia vicaria: uno vinculado a la violencia de género y otro de carácter familiar. El Consejo, sin embargo, alerta de que el círculo de posibles víctimas es «muy amplio», lo que «puede no guardar la debida coherencia con el bien jurídico protegido». Por lo tanto, sugiere una reconsideración del alcance subjetivo de la víctimas de violencia vicaria familiar.
Otro de los aspectos que incluye el anteproyecto del Ejecutivo es la posibilidad de imponer como pena accesoria la prohibición de publicar o difundir mensajes, imágenes o contenidos relacionados con delitos graves, con el objetivo de evitar la revictimización. El CGPJ indica que la resolución judicial deberá concretarse y motivarse expresamente el contenido o alcance de la medida de prohibición de publicar o difundir los referidos contenidos.
Respecto a la formación judicial, el órgano considera que algunas modificaciones relativas al sistema de acceso y formación de la carrera judicial «exceden del objeto del anteproyecto» y no guardan relación directa con las medidas sobre violencia vicaria, por lo que pide reconsiderarlas.
El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), reunido en sesión extraordinaria, aprobó este martes por unanimidad el informe al anteproyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria.
Se trata de un informe complementario al que fue aprobado el pasado 12 de diciembre de 2025, ya que con posterioridad el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes remitió un nuevo texto, según ha informado el CGPJ en un comunicado.
La ministra de Igualdad, Ana Redondo, explicó la semana pasada que ya no era «dueña» del texto y que era el CGPJ el que, en una segunda ronda, tenía que «valorar si el proyecto se adecua completamente a la legislación vigente y no hay ningún tipo de motivo de controversia en cuanto a la conciliación con el resto del ordenamiento jurídico».
«Y eso es lo que estamos esperando. Estamos esperando a que otros decidan si ese proyecto de ley, espero que sí, es acorde con el sistema normativo y podemos ya seguir avanzando. Pero, como digo, es una cuestión de días, espero, porque ya lleva más de un mes y medio en el Consejo General del Poder Judicial», expuso entonces.
La ley ha sufrido diferentes retrasos, uno de ellos como consecuencia de la salida de la negociación del Ministerio de Juventud e Infancia, tras calificar de «inaceptable» que en su día el texto permitiera al agresor mantener contacto con hijos víctimas de violencia vicaria o de género. Posteriormente, este ministerio, junto con el de Igualdad y Justicia, retomaron las negociaciones para encontrar la redacción más certera posible.
Redondo ha señalado en diferentes ocasiones que se trata de «una ley compleja» y que, durante el trámite parlamentario, se pueden presentar enmiendas sobre «aquellas cuestiones» que no se hayan podido incorporar en el texto inicial.
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