Iustitia Europa pide al Constitucional rechazar la petición del Defensor del Pueblo sobre la ‘ley de nietos’
MADRID 17 Oct. (Agencias) –
El partido político Iustitia Europa ha presentado ante el Tribunal Constitucional un escrito urgente de oposición a la medida cautelarísima solicitada por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, respecto a la ‘ley de nietos’, con el fin de que se mantengan vigentes las resoluciones del Tribunal Supremo relativas a las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
El Defensor del Pueblo interpuso un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por la decisión del Tribunal Supremo de suspender el derecho a voto de las personas nacionalizadas gracias a la ‘ley de nietos’ articulada en la Ley de Memoria Democrática.
Gabilondo estimó así las peticiones recibidas de «particulares y entidades», y ha solicitado medidas cautelarísimas al Constitucional así como que se pronuncie sobre las interpretación que hace el Tribunal Supremo sobre «la suspensión del derecho fundamental al voto» de los afectados, según explicó el organismo en un comunicado difundido este viernes.
Por su parte, Iustitia Europa ha advertido de que suspender las resoluciones del Supremo alteraría el régimen de las elecciones generales del próximo 29 de noviembre antes de resolver sobre el fondo del amparo. Asimismo, ha remarcado que la adopción de una medida de estas características sin oír a las partes generaría efectos consumados e irreversibles sobre el proceso de voto en el exterior antes de que exista margen para una contradicción eficaz.
Iustitia Europa ha recordado que el conflicto judicial se ha originado a partir de su denuncia del 28 de junio ante la Junta Electoral Central por la incidencia de la disposición adicional octava de la Ley 20/2022 y de la instrucción del 25 de octubre de 2022.
La formación ha señalado que acudió al Supremo el 21 de julio mediante un recurso ordinario, tras lo cual la Sala Tercera ha dictado medidas cautelares el 10 de septiembre y las ha ratificado el 12 de octubre al desestimar los recursos de reposición de la Administración General del Estado y del Instituto Nacional de Estadística.
El presidente de la organización y director de su dirección letrada, Luis María Pardo, ha defendido que en este procedimiento se ha seguido escrupulosamente «la vía legal ordinaria» con la intervención previa del organismo electoral y el respaldo del alto tribunal con los comicios ya en marcha. Por ello, el representante jurídico ha manifestado que «revertir» esta situación sin audiencia supone «alterar de hecho una situación jurídica construida dentro de la legalidad ordinaria», como ha afirmado en un comunicado emitido este sábado.
Pardo ha advertido igualmente de que una suspensión de las resoluciones del Supremo sentaría un precedente de notable gravedad institucional en las relaciones entre la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción constitucional. A su juicio, utilizar una medida cautelarísima para sustituir de manera provisional el criterio de legalidad de la Sala Tercera vulnera la seguridad jurídica y afecta a la estabilidad de la convocatoria electoral.
«Sánchez está llevando esta cuestión a un terreno institucional peligrosísimo. Después de que el Estado recurriera y perdiera ante el Supremo, se pretende ahora que una decisión constitucional cautelar y sin escucharnos produzca el efecto práctico que no se obtuvo en la jurisdicción ordinaria», ha afirmado Pardo en el escrito.
En este sentido, el escrito ha sostenido que la iniciativa promovida por el Defensor del Pueblo busca neutralizar las decisiones del Supremo y «coincide materialmente» con la posición defendida por el Ejecutivo.
Por tales motivos, la formación ha solicitado formalmente al Tribunal Constitucional que deniegue la suspensión solicitada y mantenga la vigencia de los autos de septiembre y octubre, los cuales establecen un mecanismo individualizado de certificación consular. Con carácter subsidiario, la formación ha reclamado que cualquier decisión provisional se tramite con la audiencia preceptiva y urgente de las partes personadas y del Ministerio Fiscal.
