Casa 47: cómo solicitar una vivienda, requisitos y precios del alquiler asequible
MADRID 10 Sep. –
El Gobierno presentó este lunes el nuevo portal web de Casa 47, la entidad estatal de vivienda y suelo, para centralizar el acceso a su parque de alquiler asequible.
En concreto, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha explicado que el portal arranca con 800 viviendas disponibles, a las que se incorporarán muy pronto otras 1.500, repartidas por todo el territorio español.
Mediante la plataforma web de Casa 47 los ciudadanos podrán consultar las convocatorias abiertas, conocer las viviendas disponibles, comprobar si cumplen los requisitos y presentar sus solicitudes de forma telemática.
En concreto, las viviendas ofertadas serán asequibles, los contratos de arrendamiento podrán durar hasta 75 años y los procesos de adjudicación se llevarán a cabo ante notario, con garantías de imparcialidad, aleatoriedad y transparencia, según ha explicado el Gobierno.
Las viviendas de Casa 47 no podrán superar el 30% de los ingresos de la unidad de convivencia y el importe del alquiler se calculará en función del sueldo medio de cada territorio, siempre que no supere ese 30%.
Con esta medida, el precio se fijará en función de lo que las familias pueden pagar, no del coste de construcción. Sin embargo, en territorios donde no exista tensión en los precios, se establecerán otros factores correctores, como un tope al precio de la vivienda para que no supere el coste actual del alquiler.
Será necesario que la unidad de convivencia tenga rentas entre 2 y 7,5 veces el Iprem (Indicador público de renta de efectos múltiples), situándose entre 1.200 y 4.500 euros mensuales, lo que permitirá que el 60% de la clase media y trabajadora pueda acceder a estas viviendas, según cálculos del Ministerio.
Los candidatos deberán tener nacionalidad española o residencia legal (por lo menos una de las personas de la unidad familiar), ser mayores de edad o menores emancipados (por lo menos una de las personas de la unidad familiar).
Asimismo, no se podrá tener una vivienda en propiedad, salvo que esta sea inhabitable, que su uso haya sido adjudicado al excónyuge por sentencia, que presente falta de accesibilidad con discapacidad de movilidad reducida o que la vivienda en propiedad sea heredada o donada, no sea la residencia habitual de la unidad y su valor no supere el 50% del valor medio estatal de referencia.
Todos los miembros deben estar al corriente de pago con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria -o las Haciendas Forales, en el caso de Euskadi y Navarra-.
El alquiler mensual de la vivienda solicitada no puede superar el 30% de la renta mensual disponible de la unidad de convivencia solicitante. Si lo establecen las bases de la convocatoria, el alquiler tampoco podrá ser inferior a un porcentaje mínimo de esa renta disponible (se especificará en cada convocatoria).
Asimismo, el número de dormitorios debe ajustarse al tamaño de la unidad de convivencia.
Para viviendas reservadas a unidades con algún miembro con discapacidad, se exige un certificado de discapacidad igual o superior al 33%; para viviendas adaptadas, preferentemente también un BLAM (Baremo de Limitaciones en el Dominio de las Actividades de Movilidad) con limitación de movilidad igual o superior al 25%.
Casa 47 tiene previsto ofrecer contratos que sean «para toda la vida», con una duración de hasta 75 años: el primer contrato será de 14 años de duración y, a partir de ahí, habrá prórrogas automáticas de 7 años «siempre y cuando se mantengan la mayor parte de las condiciones de acceso».
El portal de Casa 47 incluye un buscador de viviendas con simulador previo que permitirá a la ciudadanía conocer con exactitud cuáles son las convocatorias y viviendas que puede solicitar en función de su situación.
El portal consta de una parte pública y abierta a la ciudadanía que servirá de guía para los procesos de solicitud, y una parte privada, donde los inquilinos con viviendas ya asignadas podrán hacer consultas sobre el inmueble, la documentación o el contrato, gestionar incidencias y mantener una comunicación bidireccional con Casa 47.
Dentro de la web, los ciudadanos podrán acceder a las convocatorias en donde aparecerá toda la información antes de iniciar el proceso. Un mismo solicitante puede inscribirse en diferentes convocatorias, siempre y cuando reúna los requisitos específicos de cada una de ellas e indicando el orden de preferencia de las viviendas solicitadas.
Posteriormente, será necesario identificarse con los datos personales y la información relativa a la unidad de convivencia. El proceso se iniciará mediante Cl@ve Móvil, Cl@ve permanente o DNIe/certificado electrónico.
Para identificar la situación económica, se deben incluir los datos relativos a los ingresos para comprobar que se cumplen las condiciones.
Finalizado el plazo de presentación, todas las solicitudes válidas participarán en un sorteo ante notario que determinará el orden de adjudicación de las viviendas en un proceso con plenas garantías de imparcialidad, aleatoriedad, igualdad y transparencia.
Los adjudicatarios de viviendas de Casa 47 podrán visitar la vivienda asignada y, posteriormente, formalizar el contrato de alquiler o rechazarla si no se ajusta a sus necesidades. Si una persona resulta adjudicataria en el sorteo de varias convocatorias simultáneas, solo puede firmar un contrato; al firmarlo, renuncia a las demás viviendas adjudicadas.
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