La CNMC pide a las empresas registrar sus alias de mensajería antes del 15 de septiembre para evitar bloqueos
MADRID 1 Sep. Diario Dia –
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha instado a las empresas a que registren sus alias y a responder a las comunicaciones del organismo antes del 15 de septiembre con el objetivo de evitar interrupciones en el envío de mensajes SMS, MMS (mensajes multimedia) o RCS (otro tipo de mensajes) a sus clientes.
A partir de esa fecha, los operadores de comunicaciones electrónicas tienen la obligación de bloquear los mensajes que utilicen alias no inscritos en el Registro de Alias de la CNMC, así como aquellos remitidos por operadores no registrados, en cumplimiento de la Orden Ministerial TDF/149/2025 del 12 de febrero.
La iniciativa se enmarca dentro del Plan Antiestafas del Gobierno para reforzar la seguridad de las comunicaciones electrónicas y evitar la suplantación de identidad y el fraude a través de marcas conocidas.
Esta obligación concierne a toda entidad pública o privada que utilice identificadores alfanuméricos, ya sea su razón social, nombre comercial, marca o dominio web, en vez de un número de teléfono para enviar avisos de entrega, recordatorios de citas o mensajes comerciales.
Entre los sectores afectados se encuentran bancos, comercios, aseguradoras, compañías de transporte y administraciones públicas. Las entidades que no formalicen la inscripción no podrán identificarse con su marca, aunque podrán seguir enviando mensajes a sus clientes sin el alias.
La CNMC ha pedido a las compañías que completen el trámite con suficiente antelación y atiendan las notificaciones pendientes, recordando que las comunicaciones podrán continuar emitiéndose sin alias y que las nuevas altas podrán tramitarse en cualquier momento tras el 15 de septiembre.
El procedimiento de inscripción, los requisitos de formato y de vinculación están regulados en la Circular 1/2026 de la CNMC del 18 de marzo.
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