Bolaños dice que no es obligatorio un IVA franquiciado de 85.000 euros y lo desliga del decreto de alquileres

MADRID 5 May. Diario Dia –
El ministro para la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha afirmado este martes que, a la hora de transponer la directiva europea del IVA franquiciado al ordenamiento español, no existe la obligación de que la cantidad sea la misma que fija la norma europea.
En concreto, la directiva establece que los autónomos que facturen menos de 85.000 euros anuales no tienen obligación de pagar ni declarar el IVA. Esta cifra es la misma que pide Junts que se establezca en la normativa española para apoyar el decreto de prórroga de los alquileres.
No obstante, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Bolaños ha señalado que no es obligatorio que se establezca esta misma cantidad y ha desvinculado la implantación del IVA franquiciado del decreto de alquileres, pese a sea una condición de la formación catalana para apoyar este último.
«Nosotros, como Gobierno, hicimos nuestro trabajo y es el proyecto de ley (para transponer la directiva) que está en tramitación parlamentaria. En esa normativa no hay ninguna obligación de acordar un determinado importe de facturación para evitar o eximir de tributación a los autónomos. La directiva lo que hace es regular en términos generales lo que tiene que ser la tributación de autónomos y otras figuras», ha subrayado el ministro.
Asimismo, ha insistido en que hay que hablar «de cada norma» y de trabajar «ley por ley y proyecto por proyecto», sin establecer «acuerdos absolutamente generales que tienen que ver con todo tipo de normas para aprobar otras leyes muy concretas». «Una cosa son las políticas en materia de vivienda, otra cosa es la transposición definitiva del IVA franquiciado», ha recalcado.
Cuestión distinta, ha precisado, es que el Gobierno se siente con los grupos políticos para buscar «puntos de equilibrio» para ver hasta dónde se puede avanzar en cada materia.
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