3 marzo 2026

La AN ratifica la orden de detención contra un hijo de Obiang y su cúpula por presunto terrorismo, secuestro y tortura

La AN ratifica la orden de detención contra un hijo de Obiang y su cúpula por presunto terrorismo, secuestro y tortura
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MADRID 3 Mar. PORTALTIC –

El juez de la Audiencia Nacional (AN) Santiago Pedraz ha ratificado la orden de detención contra Carmelo Ovono, viceministro de Seguridad Exterior e hijo de Teodoro Obiang, presidente de Guinea Ecuatorial, y su cúpula de seguridad por presuntos delitos de terrorismo, secuestro y torturas.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado declara procesados a Ovono y también al ministro de Seguridad Nacional, Nicolás Obama, y el director general adjunto de Seguridad Presidencial, Isaac Nguema.

Esta decisión llega después de que la representación de las víctimas solicitase al juez que acordase resolver las solicitudes de procesamiento «por el ingente volumen de evidencias obrantes contra los investigados» y por pesar sobre ellos órdenes de detención.

El propio juez Pedraz dictó orden de detención e ingreso en prisión contra los tres procesados en febrero de 2024 por el presunto secuestro y desaparición de cuatro miembros del Movimiento para la Liberación de Guinea Ecuatorial-Tercera República (MLGE3R).

El instructor recuerda que los hechos que se les imputan quedaron concretados el pasado mes de febrero, cuando la Sala de lo Penal le instó a dictar órdenes internacionales de detención contra todos ellos tras estimar el recurso presentado por el MLGE3R, al que se sumaron las familias de las víctimas, contra la resolución del juez instructor en la que denegó esta medida.

«EN REBELDÍA»

Para la Sala es «evidente» que los querellados están «en situación de rebeldía», al haber desoído los llamamientos de comparecencia del juez instructor para prestar declaración como investigados y «pese a habérseles facilitado incluso la posibilidad de comparecer a través de videoconferencia».

Estaba previsto que el juez les tomase declaración por videoconferencia en febrero, pero la Sala de lo Penal canceló las mismas asegurando que la misma debía ser presencial, puesto que contra ellos existen sendas órdenes internacionales de detención.

La AN advirtió de que «una vez que los querellados se encuentren a disposición efectiva de la jurisdicción española» mediante la ejecución de las órdenes de detención –que «siguen vigentes»–, podrá procederse a la toma de declaración «de forma presencial».

Y es que, añadía que «la toma de declaración de los querellados por videoconferencia no tiene los efectos de poner a disposición de la justicia española a los investigados».

CL9