19 octubre 2026

El Tribunal Supremo confirma la sentencia del TSXG que valida el plan rector de las Fragas do Eume aprobado por la Xunta

El Tribunal Supremo confirma la sentencia del TSXG que valida el plan rector de las Fragas do Eume aprobado por la Xunta
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SANTIAGO DE COMPOSTELA 19 Oct. Diario Dia –

El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite un recurso de casación interpuesto por una de las asociaciones de propietarios de las Fragas do Eume contra una de las sentencias del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que validaba el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) de este espacio natural aprobado por la Xunta.

De esta manera, el Supremo confirma dicho fallo judicial, dictado el pasado mes de marzo, indicando que el recurso no justifica suficientemente la existencia de interés casacional.

En su providencia, a la que ha tenido acceso Agencias, el tribunal explica que los recurrentes no argumentan adecuadamente la supuesta contradicción con otras sentencias, que no basta con afirmar que la resolución perjudica los intereses generales (sino que había que explicar por qué) y que no se demuestra que el TSXG se haya apartado deliberadamente de la jurisprudencia.

Se confirma de esta manera una de las múltiples sentencias que el TSXG ha publicado validando el plan rector de las Fragas do Eume, que confirman la improcedencia de indemnizar a los propietarios de terrenos localizados en el interior del parque.

Fuentes de la Xunta consultadas por Agencias han reivindicado que esta decisión del Supremo es un «nuevo respaldo judicial a la posición que viene defendiendo la Xunta respecto al PRUG, después de las resoluciones del TSXG conocidas en marzo».

«Seguimos defendiendo que las limitaciones inherentes a un espacio protegido no generan automáticamente derecho a indemnización y que cualquier compensación exige acreditar una pérdida económica real vinculada a aprovechamientos preexistentes», reivindican.

De hecho, añaden, «el PRUG es precisamente la herramienta que garantiza legal y proporcionadamente la compatibilidad entre la conservación de las Fragas do Eume con los usos admisibles en el parque».

CL11