El Congreso aprueba la pasarela al RETA para mutualistas y la manda al Senado, donde el PP prevé introducir más cambios

MADRID, 11 Jun. Agencias –
El Pleno del Congreso ha aprobado este jueves la proposición de ley con la que los colegiados mutualistas podrán transferir sus derechos económicos acumulados al Régimen de Autónomos (RETA) sin ningún voto en contra y con la abstención de PP y Vox. El texto ahora pasará a tramitarse en el Senado, donde se prevén más cambios al texto.
La propuesta legislativa auspiciada por el PSOE busca solucionar un conflicto enquistado desde hace años que afecta a profesionales colegiados como la abogacía o la arquitectura entre otros, que al estar suscritos a un régimen de mutualidad se han visto abocados a situaciones de desprotección con pensiones muy bajas.
Los diferentes cambios legales, y sobre todo cuando en 2005 las mutualidades pasaron a ser un sistema de capitalización individual, hicieron que el régimen de aportaciones a las mutualidades se convirtieran prácticamente en planes de pensiones privados, dejando a muchos profesionales con pensiones de 400 o 500 euros tras décadas de trabajo.
Por ello, el partido mayoritario del Gobierno impulsó una reforma legal para dar una solución a estos afectados en forma de una pasarela con la que transferir sus derechos acumulados al Régimen de Autónomos y con la que la pensión, según el caso, podría pasar de 300 o 400 euros a 1.200 euros al mes.
CAMBIOS EN LA TRAMITACIÓN
Eso sí, el texto que ha salido aprobado este jueves poco tiene que ver con el que se admitió a trámite en mayo del año pasado, pues durante la tramitación se han introducido diferentes cambios en el articulado que han modificado las condiciones de acceso a la pasarela.
El último cambio introducido ha sido en la votación en Pleno, donde el PP ha conseguido una mayoría suficiente (gracias al apoyo de Vox y UPN y la abstención de Junts y BNG) para eliminar diferentes limitaciones que ya se habían aprobado en la Comisión de Trabajo.
En concreto, el borrador aprobado en comisión excluía de la pasarela a los mutualistas pasivos, es decir a pensionistas y aquellas personas que contaban con el periodo mínimo para acceder a la pensión de jubilación en la Seguridad Social. Dicho borrador también fijaba un coeficiente del 0,77 para el traspaso de los derechos económicos.
La enmienda del PP aprobada en el Pleno elimina esas dos premisas. También se establece que todo el tiempo suscrito obligadamente suscrito a un régimen de mutualidad de previsión social sustitutiva hasta que pasó a ser alternativa se compute como tiempo de afiliación y alta al RETA a efectos del cómputo del periodo de carencia que se exige para la prestación de jubilación.
No obstante, fuentes parlamentarias han comentado a los medios que queda por ver cómo se articulan estos cambios y que, además, se esperan más modificaciones en el Senado, donde el PP tiene mayoría absoluta. Eso sí, todo cambio que se introduzca en el Senado tendrá que ser ratificado después en el Congreso antes de remitir el texto al Boletín Oficial del Estado (BOE).
TRES MESES PARA DESARROLLAR LA PASARELA AL RETA
Más allá de lo que ocurra en la Cámara Alta y de lo aprobado este jueves en el Congreso, la ley establece que reglamentariamente habrá un plazo de tres meses desde su aprobación para fijar los términos y condiciones de la transferencia de derechos económicos acumulados, y para la conversión de dichos derechos a periodos cotizados en el RETA.
También recoge que los mutualistas que hayan cumplido 52 años a 31 de diciembre de 2026 puedan acogerse a la fórmula 1×1, es decir que puedan computarse cada mes completo de alta y cotizado en la mutualidad alternativa como un mes completo de alta en el RETA en el momento de reconocimiento de la pensión de jubilación, a los «exclusivos efectos» del porcentaje a aplicar a la base reguladora.
Por otro lado, se establece que la transferencia de los derechos económicos acumulados en las mutualidades autorizadas para actuar como alternativas al RETA no tendrán consecuencias fiscales a efectos del IRPF.
LAS MUTUALIDADES TENDRÁN QUE HACER UN INFORME
También queda fijada la obligación para las mutualidades de desarrollar semestralmente un informe que contenga, de forma transparente y clara, toda la información relevante referente a los fondos de sus mutualistas y su evolución.
Entre otros puntos, dicho informe tiene que indicar el valor actual actuarial de la renta inicial de los fondos, calculada conforme a criterios contrastables y equitativos, así como de las operaciones realizadas y cuyo coste pudiera recaer en los mutualistas.
Asimismo, se le deberán facilitar los documentos que contribuyan a la comprensión de las operaciones realizadas y también los relativos a la actividad de la respectiva mutualidad.
Las mutualidades deberán, además, remitir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones toda la documentación que le permita realizar su función de supervisión continua, mediante la comprobación, entre otros, de los estados financieros y contables, el análisis económico financiero, la revisión del cumplimiento normativo y la evolución de los riesgos y de la solvencia de dichas mutualidades.
EL SISTEMA DE MUTUALIDADES CONVIVIRÁ CON EL RETA
Durante la tramitación parlamentaria también se aprobaron enmiendas para eliminar la obligación para los mutualistas de suscribirse, después del 1 de enero de 2027, al Régimen de Autónomos y mantener el sistema de mutualismo alternativo.
Así, la ley dicta que los mutualistas que quieran optar por este régimen tienen que tener los mismos derechos que el ordenamiento jurídico en su conjunto reconozca a los trabajadores por cuenta propia o autónomos y cuya financiación no se encuentre estrictamente vinculada a las cotizaciones a dicho régimen especial.
Junts también consiguió durante su paso por comisión el respaldo a una enmienda para que antes del 31 de diciembre de 2030, el Gobierno elabore un informe de evaluación sobre el régimen de alternatividad de las mutualidades de previsión social con respecto al RETA.
Por otro lado, queda reflejada la obligación para el Gobierno de aprobar, en el plazo de un año, las reformas normativas precisas para dotar al sistema de mayores garantías de transparencia en la información, supervisión y control de las mutualidades respecto de los profesionales colegiados que opten por mantenerse o acceder a las mutualidades de previsión social con carácter alternativo al régimen de Seguridad Social.
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