Pone en peligro a los conductores de la autopista del aeropuerto circulando varios kilómetros en sentido contrario

Pone en peligro a los conductores de la autopista del aeropuerto circulando varios kilómetros en sentido contrario
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   PALMA, 6 May. –

   La Guardia Civil ha investigado a un hombre, de 56 años, de origen nórdico y residente en Mallorca, por circular varios kilómetros en sentido contrario en la autopista del aeropuerto de Palma, la Ma-19.

   Según ha informado el Instituto Armado en un comunicado, el suceso ocurrió en torno a las 14.10 horas del pasado 25 de abril. El vehículo implicado, un Renault Scenic, accedió de forma irregular a los carriles de sentido contrario, circulando indebidamente en el tramo comprendido entre la salida del aeropuerto y El Coll d’en Rabassa.

   La Central de Tráfico recibió múltiples llamadas de conductores que alertaban, con lógica alarma, de la extrema gravedad de la situación.

   Gracias a este aviso inmediato, los agentes abrieron una investigación que permitió localizar y obtener un vídeo del incidente.

   En las imágenes se evidencia cómo el conductor puso en grave riesgo al resto de usuarios. La peligrosidad de la maniobra se vio agravada por la elevada intensidad de tráfico que registra la autopista a esa hora, lo que obligó a otros conductores a realizar maniobras evasivas críticas para evitar una colisión frontal de consecuencias potencialmente fatales.

   La Unidad de Investigación de Siniestros (UNIS) del Sector de Tráfico llevó a cabo un análisis exhaustivo del vídeo y sus fotogramas. Al contrastar estas imágenes con las cámaras de vigilancia de la DGT y otros dispositivos de la zona, los agentes lograron determinar la matrícula e identificar plenamente al conductor.

CONSECUENCIAS LEGALES

   La conducción temeraria con desprecio manifiesto por la vida de los demás puede conllevar penas de prisión de entre seis meses y dos años, además de la retirada del permiso de conducir por un periodo de uno a seis años. Las diligencias ya han sido remitidas a la autoridad judicial competente.

CL11