El Supremo rechaza el recurso del Gobierno y ratifica la suspensión del voto para nacionalizados por ley de nietos
MADRID 12 Oct. Diario Dia –
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso del Gobierno que pedía levantar la suspensión cautelar de la ‘ley de nietos’ y ha señalado que no podrán votar los nacionalizados por esa vía en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre.
Así lo ha acordado este lunes la Sala de lo Contencioso-Administrativo en dos autos, recogidos por Agencias y que desestiman las alegaciones de la Abogacía del Estado contra la medida cautelar adoptada por el Supremo el pasado 10 de septiembre.
«Deberá estarse a lo acordado en el citado Auto, con indicación al Instituto Nacional de Estadística, del que depende orgánicamente la Oficina del Censo Electoral, que no puede inscribir en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el extranjero (CERA) a las personas que hayan obtenido la nacionalidad española de origen por el ejercicio del Derecho de opción previsto en la Disposición Adicional 8ª.1 Inciso primero de la Ley 20/2022, de 19 de octubre de Memoria Democrática y aún no hayan sido inscritas en el Censo Electoral por aplicación de la suspensión acordada en el citado auto», señalan.
Los magistrados añaden que, «igualmente, respecto de las personas que, habiendo obtenido la nacionalidad española de origen por el ejercicio del derecho de opción previsto en la Disposición Adicional 8ª.1 Inciso primero de la Ley 20/2022, de 19 de octubre de Memoria Democrática, hayan sido ya inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el extranjero, se mantiene la suspensión de sus efectos electorales en el proceso electoral convocado por el real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, de elecciones a cortes generales».
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