El padre de una víctima de ETA pide que se revoque el permiso de salida a ‘Txeroki’ si se comprueba que no va a trabajar
MADRID 18 Sep. –
José Fernando Centeno, el padre del guardia civil Raúl Centeno, asesinado en 2007 por ETA junto con su compañero Fernando Trapero, con la asociación Dignidad y Justicia, han solicitado a la Audiencia Nacional que se compruebe si el exjefe de la banda terrorista Garikoitz Aspiazu Rubina, alias ‘Txeroki’, utiliza su permiso de semilibertad para trabajar y realizar tareas de voluntariado en Guipúzcoa, para que, en caso contrario, que se le revoque el régimen de semilibertad.
Así lo han solicitado Centeno y la asociación de víctimas en un escrito a la sección de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, al que ha tenido acceso Europa Press, después de que el periódico ‘ABC’ publicase que el exlíder de la banda terrorista no acude a trabajar al herbolario donde esta dado de alta.
Aunque la solicitud detalla que «no puede presentar tales afirmaciones como hechos acreditados», solicitan a la administración penitenciaria competente y al Centro Penitenciario de Martutene (Guipúzcoa) que «aporten el programa específico» por el que se le concedió a ‘Txeroki’ el régimen de semilibertad, así como que se compruebe «la efectiva realización de las actividades exteriores».
«Es exigible su cumplimiento real, efectivo y verificable», manifiestan Centeno y la asociación, que advierten que el caso contrario «priva de justificación a la medida excepcional», por la que la Audiencia Nacional le concedió a ‘Txeroki’ el pasado febrero el régimen de semilibertad.
En su solicitud, señalan que si se revela que el exdirigente de ETA «no acude al centro de trabajo, no realiza la jornada o incumple la actividad laboral en los términos previstos, habrá decaído el presupuesto objetivo que justificó la medida», por lo que, insiste, se procederá a «su revocación, con retorno al régimen ordinario de segundo grado».
Centeno y Dignidad y Justicia indican que la comprobación no debe ser «solo constatar el alta laboral, sino a verificar la realidad de la prestación: centro efectivo de trabajo, funciones, jornada, fichajes o partes de asistencia, persona responsable de supervisión, retribuciones y cualquier incidencia desde el inicio de la medida».
Por ello, piden que se detalle «las actividades exteriores autorizadas, su finalidad tratamental, calendario, horario, centro o entidad de realización y sistema de control».
Así como que se aporte una «copia de los documentos que acrediten la prestación laboral efectiva desde el inicio de la medida: contrato, jornada pactada, partes de trabajo, registros de fichaje o asistencia, nóminas, justificantes de abono y comunicaciones o informes de la entidad empleadora que obren en el expediente».
Además, solicitan que se detallen «todos los controles realizados por el Centro, la Junta de Tratamiento o cualquier entidad colaboradora sobre la asistencia, puntualidad y efectiva ejecución de la actividad laboral; sus resultados; y las incidencias, ausencias o incumplimientos detectados».
En caso de que se confirmase «que la actividad laboral se utilizó como presupuesto del programa específico de tratamiento o de las salidas y no se cumple real y efectivamente», o se aprecian «incumplimientos relevantes de cualquier actividad esencial del programa», la asociación Dignidad y Justicia y Centeno reclaman que «se revoque» el régimen de semilibertad y «se disponga el retorno» de ‘Txeroki’ al régimen de segundo grado.
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