Condenan a un ganadero de La Cavada por desatender a dos mastines, uno de los cuales murió
SANTANDER, 9 Ago. Diario Dia –
La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un ganadero de La Cavada, en el municipio de Riotuerto, a nueve meses de prisión por desatender a dos mastines que estaban en su finca, uno de los cuales murió.
Con esta sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera revoca un fallo anterior, del entonces Juzgado de lo Penal 4 de Santander, que absolvió al acusado de un delito contra los animales y que la jueza declaró prescrito además.
Pero el tribunal de apelación, que no ve «acertada» la calificación jurídica de los hechos probados, que se mantienen invariables, ha estimado el recurso interpuesto por la protectora Acción y Reacción Animal Cantabria, que se hizo cargo de los perros y ha ejercido la acusación particular. El ahora condenado deberá indemnizarla con 622 euros y tendrá también que pagar las costas de instancia.
En concreto, el tribunal le ha impuesto seis meses de prisión por el delito de maltrato con resultado de muerte del animal y tres meses y un día por el otro ilícito, con menoscabo grave de la salud del can.
Y además, un total de tres años de inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio y comercio que tenga relación con animales y para la tenencia de los mismos.
DEJÓ DE ATENDER Y CUIDAR A LOS PERROS.
Los hechos enjuiciados ocurrieron en septiembre de 2021, cuando voluntarios de Ayrecan recogieron un mastín –hembra de aproximadamente un año– en «muy mal estado» de salud, con heridas infectadas por todo el cuerpo y deshidratación. Fue tratada en una clínica, donde murió días después.
Y en jornadas posteriores, agentes del Seprona (Servicio de Protección de la Naturaleza) de la Guardia Civil acudieron a la finca del ganadero, donde había dos perros, uno mestizo y otro mastín, hermano de la anterior, que fue recogido por los efectivos.
La jueza consideró probado entonces, y se mantiene ahora, que el ganadero, «sin impedimento alguno y de manera injustificada, dejó de atender así como de proporcionar cuidados, comida y agua» a la perra, que tenía en su estabulación y hasta que fue recogida y llevada al veterinario, donde falleció.
También se entendió acreditado que, con posterioridad a este hecho, los agentes localizaron en la explotación del procesado otro mastín, que fue igualmente rescatado y que también presentaba heridas y deshidratación, por lo que precisó tratamiento.
Para revocar la sentencia absolutoria, la Audiencia cántabra se apoya en la doctrina del Tribunal Supremo que establece que el maltrato animal no solo comprende los ataques violentos, sino todos los comportamientos que «por acción u omisión» sean susceptibles de dañar la salud del animal.
Al hilo, la Sala de la Sección Primera subraya que el ganadero de La Cavada era «el garante» de los dos mastines que estaban dentro de su estabulación y, por tanto, era «el responsable» de su cuidado y alimentación, que sin embargo dejó de hacer de manera «injustificada» y «continuada».
Así, la muerte de uno de los mastines y la grave afectación de la salud del otro fueron «consecuencia de omisiones encadenadas que privaron a los animales del cuidado indispensable para evitar sed, hambre y atención veterinaria».
Y «calificar dicha omisión como de maltrato se releva evidente, ya que es difícil suponer una conducta más cruel que dejar a los animales de los que se es responsable sin sustento y sin agua», abunda el tribunal.
Por eso, y dada la «persistencia» en la conducta de «dejadez y desatención grave» en el cuidado de los animales, condena al acusado por dos delitos de maltrato, uno con resultado de muerte.
PULULANDO POR EL PUEBLO.
Antes y después del juicio, el fiscal pedía 18 meses de prisión y 3.300 euros de multa al procesado, que negó que los canes fueran suyos. Así, alegó que aparecieron por las inmediaciones de su finca, a la que entraban y salían, así como también a propiedades y prados de vecinos, ya que llevaban tiempo «pululando» por el pueblo.
En la vista oral, la defensa insistió en la libre absolución de su cliente mientras que la protectora se ratificó en la petición de dos años y medio de prisión y elevó a 13.666 euros la reclamación por los gastos veterinarios y de manutención de los mastines.
La sentencia recurrida constató que los gastos generados por la asistencia veterinaria prestada a los dos perros fueron sufragados por la protectora, que la estabulación ganadera donde se hallaron los canes es propiedad del acusado y que la causa estuvo paralizada casi dos años entre octubre de 2022 y el 27 de agosto de 2024.
La sentencia de la Audiencia cántabra no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
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