27 marzo 2026

Pradas reconoce la autoría del documento aportado por Suárez y ve «innecesario» que se practique la prueba caligráfica

Pradas reconoce la autoría del documento aportado por Suárez y ve "innecesario" que se practique la prueba caligráfica
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VALÈNCIA, 27 Mar. Agencias –

La exconsellera de Justicia e Interior de la Generalitat valenciana investigada en la causa de la dana, Salomé Pradas, ha reconocido la autoría del documento manuscrito aportado al procedimiento por el subdirector de Emergencias, Jorge Suárez, por lo que ha trasladado a la jueza de Catarroja que ve «innecesario» que se practique la prueba caligráfica que la magistrada había solicitado.

Así lo traslada Pradas en un recurso, consultado por Europa Press, contra una providencia reciente de la jueza que investiga la gestión de l dana que acordó citarla al juzgado para «formar cuerpo de escritura» y realizar una pericial caligráfica respecto del documento manuscrito aportado por el testigo Jorge Suárez en su declaración.

En ese documento se pueden leer varios puntos –cuatro–, de los que se desprenden frases como: «(…) que se evite el desplaza- prov Valencia»; aparece tachada la palabra «confina-» y se recoge «permanencia casas», con indicaciones de las comarcas de R Alta/Baixa/HSud/Hoya Buñol (Riberas Alta y Baja; Horta Sud y Hoya de Buñol); alejamiento cauces, entorno cauces y elevarse a (…) primera planta» más otra palabra tachada y la referencia a la movilización de la UME.

La exconsellera reconoce la «autenticidad» y autoría de este texto en lo que, según aseguran a los medios fuentes de su entorno, supone una «nueva muestra de colaboración con la investigación y la justicia». Asimismo, estas fuentes subrayan que Suárez manifestó que esas notas se las llevó del Cecopi sobre las 19.45 horas del 29 de octubre de 2024 para la gestión del envío del ES-Alert a la población.

Desde el entorno de la exconsellera recalcan que eso demuestra que «a esa hora ya estaban decididos y autorizados los textos de los ES-Alert, así como decidida la solicitud» para la Unidad Militar de Emergencias a toda la provincia. El mensaje de alerta a la población se envió finalmente a las 20:11 horas.

«DE SU PUÑO Y LETRA»

La representación de Pradas señala en el escrito que la exconsellera «reconoce íntegramente la autoría del documento manuscrito objeto de la diligencia, al haber sido redactado de su puño y letra», por lo que «no existe duda, impugnación ni controversia alguna sobre la autenticidad de la grafía ni sobre la autoría de la misma».

Por tanto, al haber sido reconocida la autoría por la propia investigada, la diligencia acordada por la jueza y la subsiguiente pericial caligráfica «devienen objetivamente innecesarias, impertinentes y carentes de utilidad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 311 de la LECrim».

Al respecto, señala que la pericia caligráfica «tiene como fin único identificar al autor de una grafía cuando esta es desconocida o negada, por lo que, existiendo reconocimiento expreso, el dictamen pericial carece de objeto».

«El reconocimiento de la investigada dota al documento de plena validez probatoria como prueba documental, cumpliendo sobradamente la finalidad pretendida por el Juzgado», añade, y recalca que mantener la citación «supondría una dilación indebida y un gasto innecesario de recursos públicos (tiempo de la Oficina Judicial, intervención de peritos oficiales, etc.) para acreditar un hecho que ya consta como cierto en el procedimiento por admisión de la parte a quien perjudica».

Por tanto, pide al juzgado que admita el recurso de reforma contra esa providencia, tenga por efectuado el reconocimiento de autoría de la grafía del documento manuscrito por parte Pradas y «se deje sin efecto la citación para la formación de cuerpo de escritura y la práctica de la prueba pericial caligráfica, por devenir innecesarias tras la admisión de mi mandante».

CL11