El DAO de la Guardia Civil confirma al juez que Marlaska le llamó tras la filtración del correo de Begoña Gómez
MADRID 15 Oct. –
El director adjunto operativo (DAO) de la Guardia Civil, Manuel Llamas, ha confirmado al juez de la Audiencia Nacional que investiga el ‘caso Leire Díez’ que el ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, le llamó por teléfono tras la filtración del correo electrónico de Begoña Gómez, la mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
En un escrito al que ha tenido acceso Agencias, la Abogacía del Estado, en representación del DAO, explica, a requerimiento del instructor de la causa, Santiago Pedraz, algunos pormenores relacionados con la apertura de las tres informaciones reservadas a agentes del cuerpo.
Llamas, al igual que la directora general de Instituto Armado, Mercedes González, está siendo investigado por presuntos delitos de prevaricación y obstrucción a la justicia en la causa que indaga en una supuesta trama para obstaculizar causas judiciales que afectan al PSOE y al Gobierno, que habría liderado el exdirigente socialista Santos Cerdán y coordinado la exmilitante socialista Leire Díez.
Uno de los vértices de la investigación reside en la apertura de tres informaciones reservadas que el DAO ordenó abrir a agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, una de ellas tras la filtración de un correo electrónico de Begoña Gómez que apareció en un anexo de comunicaciones intervenidas por la UCO en el marco de la causa judicial sobre David Sánchez, hermano del jefe del Ejecutivo.
El juez investiga si tanto esta como la apertura de las otras dos informaciones reservadas a la UCO tenían como objetivo presionar a los agentes del cuerpo, que en ese momento llevaban a cabo varias investigaciones relacionadas con el PSOE y el Ejecutivo.
«El motivo de aquella dación de cuentas no fue otro que la propia directora general estuvo en la génesis de la misma, a través de una llamada, así como otra del ministro del Interior. A través de ambas llamadas se puso en antecedentes al DAO sobre los perjuicios que había provocado la divulgación de los datos personales de personas ajenas a la investigación que se llevaba a cabo por la UCO ante un juzgado de Badajoz», explica ahora la defensa del DAO.
Así, «se entendió necesario y oportuno comunicar qué se había hecho al respecto». «Por el contrario, de las tres informaciones reservadas elaboradas en otras tantas unidades dependientes de la DAO no se remitió oficio ni del inicio ni del final de las mismas a la directora general, toda vez que esta estuvo ajena a su génesis y no tuvo participación ni conocimiento previo alguno en su origen ni en su tramitación», añade.
«Eran cuestiones de gobierno interno que el propio DAO resolvía con los mandos a los que se le ordenaba la incoación. Solo en un caso, en el que se investigaban hechos denunciados en el Servicio de Asuntos Internos, se le dio cuenta de palabra, a la directora, ya que esta fue receptora de un ‘anónimo’ en el que se denunciaba esos hechos investigados, que, junto a otros anónimos dirigidos a otros destinatarios, como al propio DAO, constituían la base de aquella información reservada», agrega.
