9 octubre 2026

El Ministerio de Vivienda actualiza la ‘calculadora del alquiler’ tras limitar las subidas de las rentas

El Ministerio de Vivienda actualiza la 'calculadora del alquiler' tras limitar las subidas de las rentas
Compartir esto:

MADRID 9 Oct. Diario Dia –

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha actualizado su ‘calculadora del alquiler’, una herramienta informática diseñada para facilitar a los inquilinos el cálculo de la actualización de la renta de sus contratos.

Tras la entrada en vigor este jueves de uno de los decretos de vivienda, que previsiblemente será convalidado por la Diputación Permanente del Congreso, el precio del alquiler quedará congelado o experimentará una subida máxima del 2%.

Según ha informado el Ministerio, la principal novedad de esta aplicación, accesible desde la página web corporativa, es la incorporación en sus cálculos de la limitación extraordinaria a la actualización anual de las rentas prevista en la nueva norma.

Esta restricción afectará a todos los contratos de arrendamiento de vivienda que deban actualizar su cuota anual a partir de este momento y hasta el 31 de diciembre de 2027.

El sistema se abre con la pregunta: ‘Tengo que actualizar el precio del alquiler: ¿cuál es la cantidad máxima que corresponde según mi contrato?’. Tras completar tres pasos, la calculadora permite a la persona arrendataria conocer con precisión el importe exacto resultante para su próxima cuota mensual.

El mecanismo de cálculo integrado en la herramienta distingue entre dos situaciones principales en función del importe actual de la renta.

Si la cuota que paga el inquilino supera el tope establecido por el Sistema Estatal de Referencia de Precios del Alquiler de Vivienda (Serpavi) para su zona geográfica, la renta deberá permanecer congelada. La propia aplicación incluye un enlace directo para comprobar si la cuota mensual excede dicho margen.

En caso de que la renta se sitúe en o por debajo del umbral del Serpavi, el arrendador podrá aplicar el incremento pactado en el contrato, el cual no podrá superar en ningún caso el máximo extraordinario del 2%.

La calculadora del alquiler del Ministerio se puede consultar en el enlace: https://www.mivau.gob.es/vivienda/calculadora-precio-alquile….

CL4