El Gobierno niega falta de control en el censo de votantes y acusa a Vox de lanzar sospechas de alteración sin pruebas
MADRID 28 Sep. –
El Gobierno ha rechazado que haya existido falta de control sobre el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) y ha recriminado a Vox que vierta sospechas de «alteración artificial» sin identificar, a su juicio, irregularidades.
De esa forma ha respondido la Abogacía del Estado, en representación del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, a una demanda del partido que dirige Santiago Abascal en el Tribunal Supremo contra una decisión de la Junta Electoral Central (JEC) sobre la denominada ‘ley de nietos’.
El Ejecutivo pide a la Sala de lo Contencioso-Administrativo que declare la plena conformidad a derecho de la actuación impugnada por Vox, en la que la JEC afirmó no tener competencias para actuar ante las nacionalizaciones de descendientes de españoles derivadas de la ‘ley de nietos’, a pesar de que parte del organismo apreció un «incremento irregular» del censo electoral.
Para el Gobierno, «la magnitud cuantitativa del aumento no constituye ‘per se’ indicio –menos aún prueba– de irregularidad», porque «un incremento puede ser relevante desde el punto de vista estadístico y estar, al mismo tiempo, jurídicamente justificado».
«La demanda deriva de la cifra total una sospecha de ‘alteración artificial’ del censo, pero no identifica inscripciones duplicadas, personas que no ostenten formalmente la nacionalidad española o altas practicadas sin la correspondiente comunicación registral. Su objeción no se dirige a la exactitud técnica del censo, sino a la legalidad de la previa adquisición de nacionalidad», abunda.
A ello agrega que «tampoco se ha producido en este caso una falta de control del CERA» por parte de la Oficina del Censo Electoral (OCE), ya que «los movimientos comunicados por los consulados son sometidos a una validación técnica de formato y a una validación de coherencia censal mediante su cotejo con la base de datos nacional, con el fin de verificar la existencia de los electores, evitar duplicidades y asegurar su correcta adscripción geográfica».
«El sistema mantiene, además, la trazabilidad de los movimientos e intercambios mediante un archivo histórico, y la OCE realiza depuraciones continuas del CERA y del CER en colaboración con los ayuntamientos y consulados», señala.
Los servicios jurídicos del Estado indican que «no cabe entender que se haya producido una dejación de sus funciones de control por parte de la OCE, por la sencilla razón de que el incremento del censo CERA que ha tenido lugar durante los últimos años no es un incremento ‘carente de justificación’, sino que es consecuencia de la aplicación de las distintas normas legales a través de las cuales se ha venido reconociendo la posibilidad de optar por la nacionalidad española a diversos colectivos de personas».
También subrayan que el derecho de sufragio es una «consecuencia inherente» a la condición de ciudadano español y «no existe base legal para privar de él» a quienes han adquirido esa condición mediante acto administrativo definitivo y firme.
A principios de septiembre, el Supremo paralizó de manera cautelar el voto para las personas inscritas en el CERA que consiguieron la nacionalidad a través de la ‘ley de nietos’ –una disposición de la Ley de Memoria Democrática– y las nuevas inscripciones salvo exilio acreditado de descendientes.
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