13 agosto 2026

El Cabildo de Gran Canaria mantiene las restricciones al uso del fuego ante el riesgo de incendios en medianías y cumbre

El Cabildo de Gran Canaria mantiene las restricciones al uso del fuego ante el riesgo de incendios en medianías y cumbre
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LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 13 Ago. Agencias –

La Dirección del Plan de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de Gran Canaria (INFOGRAN) ha decidido mantener las restricciones al uso del fuego, el acceso y tránsito por terrenos forestales, las quemas, la pirotecnia y determinadas actividades que puedan provocar incendios ante el riesgo de incendios en zonas de medianías y cumbre.

Así lo ha informado el Cabildo tras actualizar la situación de alerta por riesgo de incendios forestales en la isla ante las actuales condiciones meteorológicas y el elevado riesgo existente.

En concreto, la medida, en vigor desde las 11.00 horas de este jueves, tiene en cuenta la predicción de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), la situación declarada por la Dirección General de Emergencias del Gobierno de Canarias y las condiciones actuales de Gran Canaria.

De igual modo, la medida afecta a las zonas situadas por encima de los 600 metros de altitud en el norte de la isla y de los 400 metros en el sur.

La Corporación insular ha recordado que mientras permanezca activa la situación de alerta, queda prohibido encender fuego en espacios abiertos, incluido su uso en áreas recreativas, zonas de acampada, albergues y zonas de descanso de la red de carreteras, tanto en instalaciones habilitadas como mediante sistemas portátiles.

Asimismo, permanece prohibido el acceso rodado por la GC-216, salvo para vecinos y servicios públicos, así como el uso de la Zona de Acampada de Llanos de la Mimbre y el Área Recreativa de Tamadaba.

También quedan suspendidas temporalmente las autorizaciones de quemas agrícolas y forestales, incluidas las de rastrojos, pastos permanentes, restos de poda y restos selvícolas.

Por su parte, la declaración prohíbe igualmente la introducción y utilización de material pirotécnico, así como el uso de maquinaria y equipos en los montes y en las áreas rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor de estos cuando puedan generar deflagraciones, chispas o descargas eléctricas. También se prohíbe la actividad de carboneo y el uso del fuego en la apicultura.

Además, impide el acceso y tránsito por montes y terrenos forestales, incluidas pistas y senderos, salvo para residentes, servicios públicos, personal de vigilancia, prevención y extinción de incendios y para la actividad de pastoreo. Esta prohibición no afecta a los terrenos situados a menos de un kilómetro del suelo urbano.

De igual modo, se prohíbe arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier material susceptible de originar un incendio y se mantiene suspendida temporalmente la actividad cinegética en toda la isla.

CL11