El TSJM confirma la absolución del exconcejal de Valdemorillo acusado de un delito contra el medio ambiente
MADRID 18 Jul. (Agencias) –
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la absolución del exconcejal de Seguridad Ciudadana, Servicios e Infraestructuras de Valdemorillo Luis Entero Acevedo, al desestimar íntegramente el recurso de apelación presentado por la Fiscalía contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, que le exoneró de un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente por la gestión del antiguo punto limpio ubicado en la Dehesa de los Godonales.
La resolución, a la que tuvo acceso Agencias, rechaza los argumentos del Ministerio Público, que sostenía que la Audiencia había realizado una valoración incompleta e irracional de la prueba, especialmente en relación con la acumulación de pilas, baterías y otros residuos potencialmente contaminantes en el enclave.
El tribunal concluye, sin embargo, que la sentencia recurrida contiene una motivación suficiente, examina de forma detallada la prueba practicada y no incurre en las omisiones denunciadas por la Fiscalía.
Los magistrados recuerdan que, tratándose de un recurso contra una sentencia absolutoria, las posibilidades de revisión son muy limitadas y no permiten sustituir la valoración de la prueba realizada por el tribunal de instancia, salvo en supuestos excepcionales de infracción jurídica o arbitrariedad, circunstancias que no concurren en este caso.
En su resolución, la Sala subraya que la Audiencia Provincial sí reconoció la existencia de contaminación del suelo por sustancias procedentes de pilas y baterías almacenadas en el punto limpio municipal.
No obstante, considera que no quedó acreditado que esos daños alcanzaran el nivel de gravedad exigido por el Código Penal para constituir un delito contra el medio ambiente, diferenciando así entre una posible infracción administrativa y una conducta penalmente relevante.
Asimismo, el TSJM destaca que la sentencia absolutoria también valoró las actuaciones realizadas por el entonces concejal para tratar de corregir la situación del punto limpio, incluyendo gestiones para contratar la retirada de residuos y buscar una nueva ubicación para las instalaciones, aspectos que, a juicio del tribunal, tampoco fueron debidamente considerados por la acusación en su recurso.
Por todo ello, la Sala desestima íntegramente el recurso de apelación de la Fiscalía, confirma la absolución acordada por la Audiencia Provincial de Madrid y declara de oficio las costas de la segunda instancia.
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