El nuevo paquete de medidas para hacer frente al conflicto en Oriente Medio entra en vigor este miércoles
MADRID, 30 Jun. –
El real decreto-ley para hacer frente a las consecuencias económicas del conflicto en Oriente Medio, que incluye la rebaja del impuesto especial a hidrocarburos o la progresiva eliminación del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, entrará en vigor este miércoles tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Según se recoge en la norma publicada este martes, a fin de paliar los efectos derivados del incremento de los productos energéticos, para los productos cuyo consumo se encuentra más extendido, esto es, el gasóleo y las gasolinas sin plomo, en el ámbito del Impuesto sobre Hidrocarburos se realiza una bajada de tipos de gravamen de 15 céntimos de euro por litro en el mes de julio, de 10 céntimos de euro por litro en el mes de agosto y de 5 céntimos de euro por litro en el mes de septiembre.
Decae, eso sí, la rebaja del IVA al 10% de los carburantes que se había incluido en el primer paquete de medidas anticrisis, en línea con las recomendaciones recibidas desde Bruselas.
No obstante, si por circunstancias extraordinarias, en el mes de junio de 2026 el índice de precios al consumo (IPC) de la gasolina o del gasóleo supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior, la bajada de los tipos de gravamen tanto de la gasolina como del gasóleo será de 20 céntimos por litro durante el mes de agosto y de 15 céntimos por litro durante el mes de septiembre.
Si el IPC de julio supera en más de un 15 por ciento el IPC del mismo mes del año anterior, la bajada de los tipos de gravamen tanto de la gasolina como del gasóleo será de 20 céntimos por litro durante el mes de septiembre.
De su lado, se mantiene el descuento equivalente a los 20 céntimos/litro a los carburantes para los profesionales en el caso del sector primario y del sector del transporte. Además, en el caso de la agricultura, se le añaden 165 millones de euros adicionales de ayuda para la compra de fertilizantes a los 500 que ya estaban disponibles.
SI SUBEN PRECIOS DE GAS Y ELECTRICIDAD VOLVERÁ LA REBAJA DE IMPUESTOS
Se recuerda que a partir de 1 de junio el IVA del gas y la electricidad pasó del 10 al 21% y del Impuesto sobre la electricidad del 0,5 al 5,1%, dada la evolución de los precios. De hecho, la rebaja de tipos del primer paquete anticrisis no fue de aplicación durante el mes de junio de 2026, último periodo de vigencia, pues su mantenimiento había quedado subordinado a la subida del IPC de la electricidad y del gas natural, dada su favorable evolución.
No obstante, se ha considerado conveniente incorporar un mecanismo de salvaguarda que permita, en el caso de un eventual deterioro de la situación y una evolución desfavorable del IPC de estos productos energéticos, igualmente recuperar las medidas anteriores de manera extraordinaria y temporal, durante el mes de agosto y septiembre de 2026.
En el impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, se introducen rebajas en el pago fraccionado de este impuesto para el tercer y cuarto trimestre de 2026. Además, el tipo de gravamen de este Impuesto será del 3,5% para 2027, reduciéndose a la mitad del gravamen establecido (7%), y para 2028 y años siguientes será del 0%.
También se prevé que, en el caso de las empresas que estén obligadas a contar con un plan de movilidad sostenible y sean beneficiarias de las ayudas directas previstas en este real decreto-ley, el incumplimiento de dicha obligación conllevará el reintegro de las ayudas recibidas.
De su lado, se determina que las empresas beneficiarias de las ayudas previstas en este real decreto-ley no podrán, hasta el 30 de septiembre de 2026, efectuar despidos ni ceses de actividad ni, en el caso de las cooperativas, adoptar acuerdos en sus asambleas generales que supongan la reducción definitiva del número de puestos de trabajo o la modificación de la proporción de las cualificaciones, cuando dichas medidas se justifiquen en causas de fuerza mayor o en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, que tengan su origen en la situación regulada en el presente real decreto-ley.
LA CNMC PUBLICARÁ LA LISTA DE GASOLINERAS INCUMPLIDORAS
La CNMC pondrá en marcha un sistema de seguimiento de los márgenes brutos de todas las estaciones de servicios y se publicará la lista de aquellas estaciones que tengan comportamiento anómalo y, por otro lado, los consumidores podrán hacer reclamaciones a la vista de cualquier práctica anómala en estas estaciones de servicio.
En cualquier caso, la disposición adicional segunda del decreto prevé una obligación para las estaciones de servicio y otros establecimientos de suministro minorista de carburantes y combustibles de dar la adecuada publicidad a las medidas fiscales temporales en materia energética.
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