PSOE y Sumar desbloquean la ley que despenaliza ofensas religiosas y a la Corona, en el ‘congelador’ desde 2023

MADRID, 15 Jun. –
El PSOE y Sumar han decidido desbloquear la tramitación de la reforma del Código Penal para suprimir los denominados delitos de opinión, como son las injurias a la Corona, las ofensas a los sentimientos religiosos y los ultrajes a los símbolos nacionales. Fue la primera iniciativa que el grupo plurinacional llevó al Pleno en esta legislatura y desde entonces, diciembre de 2023, estaba ‘congelada’ en la Comisión de Justicia.
Ahora, según han informado a Agencias fuentes parlamentarias, los dos partidos que componen el Gobierno de coalición han decidido que la Mesa del Congreso, órgano en el que tienen mayoría, ponga fin al plazo para la presentación de enmiendas al texto.
Está previsto que la decisión formal la tome este martes el órgano de Gobierno de la Cámara. Si algún grupo presenta enmienda de totalidad deberá ofrecer un texto alternativo y, si se rechazan, se presentarán las enmiendas parciales.
El siguiente paso será convocar la ponencia discutir las enmiendas y después reunir a la Comisión de Justicia. Al tratarse de una reforma del Código Penal, que es una ley orgánica, se requerirá la mayoría absoluta del Pleno para su aprobación.
YA ANUNCIARON UN ACUERDO HACE DOS AÑOS
En julio de 2024, Sumar y el PSOE ya anunciaron un pacto para suprimir los citados delitos de opinión y lo unieron a otro acuerdo para modificar la Ley Orgánica que rige el derecho al honor para incluir una «reparación pública» ante procesos judiciales prolongados en el tiempo, que al final no derivan en apertura de juicio oral y generan un desprestigio para el afectado.
Concretamente, ambas formaciones del Ejecutivo consensuaron eliminar el delito contra los sentimientos religiosos, al entender que el actual artículo 525 del Código Penal ha motivado querellas por parte de colectivos, como Abogados Cristianos, contra representantes del mundo de la cultura y la prensa.
También hablaron entonces de impulsar la derogación de los delitos contra la Corona (490.3 y 491) –que ha motivado condenas contra humoristas–, además de las injurias a las altas instituciones del Estado (504), como el caso del Gobierno, al Consejo General del Poder Judicial, al Tribunal Constitucional o al Ejército.
Sin embargo, entonces no se desbloqueó la ley de Sumar que, según anuncian, van a reactivar ahora. Esa iniciativa alude también a la eliminación del delito de enaltecimiento del terrorismo para evitar condenas a cantantes y artistas, sustituyéndolo por un agravante al artículo que pauta la alevosía en las vejaciones a las víctimas, con el fin de darles una cobertura de protección reforzada.
En la anterior legislatura ya se tomaron en consideración dos propuestas de ley sobre estas materias, que no llegaron a completar su tramitación. Por eso Sumar recuperó ambos temas al inicio de la presente.
LA CASA REAL SEGUIRÁ PROTEGIDA EN LOS DELITOS DE INJURIAS
El grupo plurinacional defiende que debe dejarse sin efecto el delito contra los sentimientos religiosos o escarnio público a las distintas confesiones, por ser «innecesario» al estar las creencias protegidas por distintos artículos como la libertad religiosa y se concilia mejor la «crítica civilizada».
El mismo criterio apuntan respecto a las injurias a la Corona, que ha motivado sentencias de Estrasburgo contra España. En este caso, recalcan que su derogación no genera «indefensión» a la Casa Real, pues seguirá protegida como cualquier persona por los delitos de injurias, calumnias o vulneración del honor.
El texto también pauta la supresión del delito de ultrajes a la patria y la eliminación de las injurias a la nación, un delito que dirigido a actos contra el Consejo General del Poder Judicial o el Tribunal Constitucional y que prácticamente no se ha aplicado. Al igual que en el caso de la corona, Sumar considera que a estos órganos tiene la protección de los delitos de injurias, calumnias y derecho al honor.
VEJACIÓN A VÍCTIMAS DEL TERRORISMO
En el caso del enaltecimiento del terrorismo, se busca su reconfiguración tras su endurecimiento en 2015, junto al impulso de la Ley de Seguridad Ciudadana, cuando ETA o los GRAPO ya estaban desaparecidos.
Según destacan, esta figura penal ha motivado sentencias que comprometen la libertad de expresión, como el caso de cantantes (como los raperos Pablo Hasél o Valtónyc) y la causa contra los ‘titiriteros’ en Madrid. Además, recuerdan que el Constitucional anuló la condena contra el vocalista del grupo ‘Def con Dos’ César Strawberry.
Además, Sumar plantea en su proposición la reforma del artículo 538 del Código Penal que pauta la inhabilitación para agentes de la autoridad o funcionarios públicos (de seis a diez años) que, fuera de los casos permitidos por la legislación, requise libros y periódicos o suspenda contenidos en Internet o emisiones de radiotelevisión. Unido a ello también fija la inhabilitación para personal público que impida el ejercicio de libertad de expresión de forma colectiva a personas por encuadrarlas en organizaciones sindicales.
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