Notarios alertan de los riesgos jurídicos y para la lucha contra el blanqueo de la Ley de Integridad Pública

MADRID, 14 Jun. Agencias –
El Consejo General del Notariado ha alertado sobre las consecuencias para la prevención contra el fraude y del blanqueo de capitales si finalmente se aprueban algunas de las medidas incluidas en el anteproyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública de España.
El pasado mes de febrero, el Ejecutivo aprobó en primera vuelta un amplio paquete de medidas anticorrupción, que incluye el refuerzo de las condenas a empresas involucradas en casos de corrupción y más controles de los fondos que reciben los partidos políticos.
Aunque el fondo del anteproyecto, ahora en audiencia pública, es compartido por los notarios, el Consejo ha trasladado su preocupación por medidas de esta futura norma, especialmente aquellas relativas al régimen regulatorio de las sociedades de responsabilidad limitada, a la transmisión de participaciones sociales y a la atribución de efectos constitutivos a su inscripción registral.
Entre otras muchas cuestiones, los notarios consideran que este anteproyecto supone una reforma radical del régimen de transmisión de participaciones previsto en la normativa mercantil, ya que, de aprobarse la norma y constar en documento público notarial dicha transmisión, pasaría a efectuarse mediante un documento privado sin control de tipo alguno.
El anteproyecto de ley de Integridad Pública eliminaría así la escritura pública notarial para la transmisión de participaciones sociales en sociedades mercantiles y la sustituiría por documentos privados presentados en el Registro Bercantil con firma digital.
Advierten de que se reforma íntegramente el ‘libro registro de socios’, creándose una sección especial en el Registro Mercantil, por lo que será el registrador quien, vía emisión de certificaciones, con el correspondiente coste para la sociedad, acreditará frente a terceros, incluida la sociedad, que el socio tiene tal carácter.
En la actualidad, la transmisión de participaciones puede realizarse en documento privado, pero este solo tiene validez entre las partes, adquiriendo efectos trasmisivos de la titularidad de las participaciones frente a la sociedad y terceros, únicamente, cuando se eleva a escritura pública.
Por ello, los notarios han alertado de que este cambio supondría la eliminación del control de legalidad previo, afectando a la seguridad jurídica preventiva, a la identificación de los intervinientes y al sistema de prevención de delitos como el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo o el fraude fiscal.
«Se pretende acabar con la opacidad, con base en el documento privado. El corrupto seguirá utilizando el documento privado que guardará en un cajón a la espera de su inscripción en el registro cuando considere», ha llegado a alertad públicamente la presidenta del Consejo General del Notariado, Concepción Pilar Barrio del Olmo.
FRACASOS INTERNACIONALES: USO DE IDENTIDADES COMO «DARTH VADER»
A modo comparativo, los notarios explican que, por ejemplo en Reino Unido, se llevó a cabo una modificación similar de su normativa con el objetivo de dificultar el uso de sociedades para fraude, blanqueo de capitales, evasión fiscal y ocultación patrimonial.
Sin embargo, esta modificación de la norma suponía la inclusión de un modelo declarativo sin verificación previa efectiva, por lo que se empezaron a notificar registros bajo los nombres como «Superman»; «Darth Vader»; «Santa Claus»; «Jesus Christ»; «Donald Duck».
Por ello, posteriormente, se volvió a modificar la ley para evitar nombres absurdos, implantando, al menos, un sistema de comprobación formal de la titularidad de quien presenta documentos y de quien se afirma es una persona con control significativo (PSC) utilizando documentos primarios de identidad.
Pero para los notarios, aunque la verificación de identidad mejora la forma, no asegura la titularidad real, ya que se sigue sin conocer quién es la persona con control significativo porque la verificación introducida se reduce a saber quién presenta documentos y quién se dice que es esa persona, pero no para quién actúa la persona declarada o quién ejerce el control efectivo de la sociedad.
IMPLICACIONES PARA EL ÓRGANO CENTRALIZADO DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO
Estas medidas que pretende aprobar el Gobierno tendría implicaciones para la información que recaba el Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo de Capitales (OCP) y que sirve para prevenir este tipo de delitos, a través de la colaboración con el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac) y con las autoridades policiales y judiciales.
Los técnicos de este órgano son los responsables de analizar (en el marco de la normativa de protección de datos) la información contenida en el Índice Único Informatizado Notarial, una gran base de datos que almacena y clasifica electrónicamente el contenido de las escrituras y de las actas públicas autorizadas por los notarios del país. Este órgano es el que comunica, en nombre del notario correspondiente, las operaciones con indicios o sospechas.
Desde mayo de 2014, y gracias a su función en el ámbito mercantil, el Notariado dispone de una Base de Datos del Titular Real, que permite a las autoridades públicas saber quiénes son las personas ocultas tras una sociedad, incluso en el encadenamiento de estructuras societarias complejas.
Además, el Órgano Centralizado de Prevención del Blanqueo de Capitales del Notariado ha creado una base de datos en las que están identificadas miles de personas con responsabilidad pública. Se trata, además, única base de datos que puede identificar a los allegados de las personas con responsabilidad pública gracias a su interconexión con las otras dos bases de datos del Notariado.
De ahí que desde el propio organismo alerten sobre las graves consecuencias que supondría también para su labor y la contribución a investigaciones policiales y jurídicas de calado.
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