Transportes fija la digitalización obligatoria de documentos de control en carretera desde el 5 de octubre

Transportes fija la digitalización obligatoria de documentos de control en carretera desde el 5 de octubre
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MADRID 12 Jun. Agencias –

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha publicado una resolución de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril que establece las características técnicas para digitalizar de forma obligatoria, a partir del próximo 5 de octubre, los documentos de control administrativo exigidos en el transporte de mercancías y de viajeros por carretera.

La nueva medida, contemplada en la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, busca avanzar hacia un modelo de transporte «más innovador, eficiente, transparente y sostenible» mediante la sustitución del papel por sistemas electrónicos «más ágiles, más seguros y eficientes».

Según han detallado desde el ministerio, los documentos de control administrativo son obligatorios en los transportes interiores con origen y destino en el Estado español, incluyendo las operaciones de cabotaje, mientras que los transportes internacionales quedan excluidos.

CARACTERÍSTICAS

Las aplicaciones informáticas utilizadas deberán, según han explicado desde el ministerio, transformar los datos de los documentos de control administrativo en el caso de mercancías o de las hojas de ruta en el caso de viajeros en un fichero electrónico en cuanto sean conocidos y siempre antes del inicio efectivo del servicio, generándose así un documento electrónico de control administrativo (DeCA).

Según recoge la resolución, estos ficheros electrónicos se almacenarán en un repositorio accesible por los agentes de control durante el transporte en los controles de carretera y cada uno de ellos tendrá una dirección web única y específica (una URL).

Por lo que respecta a los DeCA, el formato del fichero será un PDF generado a partir de datos estructurados, de manera que «no serán válidos los ficheros obtenidos a partir del escaneo» y deberán incluir en el propio documento un código QR con la URL de descarga.

En este sentido, dicha URL deberá permitir el acceso a «toda persona habilitada», facilitando que los agentes de las fuerzas de vigilancia en carretera consulten el PDF almacenado mediante una llamada de la URL para su descarga directa, una opción que «se podrá desactivar» al finalizar el servicio.

En caso de modificación o actualización del DeCA durante el servicio, se podrá optar por generar un nuevo fichero electrónico con un nuevo código QR, o bien modificar el archivo existente añadiendo los nuevos datos y el motivo del cambio, permaneciendo válido el código QR original.

Asimismo, en un mismo DeCA se podrán consignar varios servicios siempre que, en el transporte público de mercancías, el cargador contractual y el transportista efectivo sean exactamente los mismos en todos los envíos.

Ante la actuación inspectora del personal de Transporte Terrestre o de los agentes de vigilancia, el conductor deberá presentar el DeCA con el código QR o, en su defecto, bastará con exhibir «tan solo el código QR».

Para facilitar esta transición digital «realista, gradual y adaptada a la operativa», la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril ha organizado jornadas gratuitas para explicar el procedimiento, cuyo formulario ya está disponible en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

Finalmente, según han trasladado desde el ministerio, esta primera fase basada en el intercambio de archivos PDF preparará al sector nacional para «dar el salto» hacia el Reglamento eFTI europeo, un sistema basado puramente en datos, no en documentos, que las autoridades deberán aceptar obligatoriamente a partir de julio de 2027.

CL11