Condenado a más de nueve años de prisión un masajista por agredir sexualmente a una cliente en Valladolid

Condenado a más de nueve años de prisión un masajista por agredir sexualmente a una cliente en Valladolid
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VALLADOLID 12 May. (Agencias) –

La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a un hombre a una pena global de nueve años y tres meses de prisión por un delito continuado de agresión sexual y otro delito de lesiones cometidos sobre una cliente en un centro de masajes de la capital.

La sentencia de la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial considera probado que el acusado realizó tocamientos e introducciones digitales por vía vaginal y anal sin el consentimiento de la víctima durante varias sesiones ocurridas en noviembre de 2024, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Agencias.

El tribunal ha impuesto, además, seis años de libertad vigilada y la inhabilitación para cualquier profesión que conlleve contacto con menores por el mismo periodo tras la pena de cárcel.

Los hechos tuvieron lugar en el centro ‘FitoSteyma’, donde la mujer acudió para tratar una neuropatía inguinal. Según el relato de hechos probados, a partir de la tercera sesión, el masajista retiró la ropa interior de la paciente sin preguntar ni contar con su titulación para realizar maniobras invasivas, introduciendo un dedo en su vagina y, en citas posteriores, en el ano. El acusado llegó a manifestar a la víctima que dichas zonas eran «para dar placer» y, en una quinta sesión, realizó masajes en sus pechos sin motivo terapéutico, dado que la zona a tratar eran los hombros y brazos.

La Sala fundamenta la condena en la credibilidad del testimonio de la víctima, el cual ha cumplido los requisitos de ausencia de incredibilidad subjetiva, persistencia en la incriminación y corroboración periférica.

Los magistrados destacan que no existía enemistad previa y que el relato ha sido idéntico desde la denuncia inicial hasta el juicio oral. Asimismo, el tribunal rechaza la tesis de la defensa sobre una posible fabulación por medicación, basándose en informes forenses que descartan que el tratamiento farmacológico de la mujer provocara tales ideaciones.

Como consecuencia de las agresiones, la mujer ha sufrido un trastorno de estrés postraumático con alteraciones cognitivas y del estado de ánimo que requirió 279 días para su curación, incluyendo tratamiento psicológico y psiquiátrico. Las peritos judiciales han ratificado que no existía otra causa posible para esta patología que no fueran los hechos denunciados.

El tribunal incide en que el acusado se valió de la relación de confianza y de la situación de vulnerabilidad de la cliente, quien se encontraba parcialmente desnuda en la camilla durante los masajes.

El fallo ha impuesto al condenado la obligación de indemnizar a la víctima con un total de 27.233 euros, de los cuales 22.233 corresponden a las lesiones sufridas y 5.000 euros al daño moral ocasionado. El condenado deberá abonar también las costas procesales, incluyendo las de la acusación particular.

Contra esta resolución judicial, que ha sido notificada a las partes interesadas, cabe interponer un recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia en un plazo de diez días.

CL11