El TSJA confirma dos años de prisión por intentar cambiar billetes falsos en un bar y una gasolinera de Gérgal (Almería)

ALMERÍA 11 May. Diario Dia –
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de dos años de prisión a un hombre acusado de llevar 600 euros en billetes falsos de 20 euros e intentar cambiar dos de ellos por moneda legal en un bar y una gasolinera de Gérgal (Almería).
En su sentencia, el alto tribunal andaluz desestima el recurso de apelación esgrimido por la defensa y ratifica el pronunciamiento de origen, que también imponía una multa de 1.200 euros, por un delito de tenencia de moneda falsa para expedición, puesta en circulación o distribución.
Asimismo, la Audiencia Provincial de Almería impuso al acusado 25 días multa, con cuota diaria de cinco euros, por un delito leve continuado de estafa en grado de tentativa.
La Sala de Apelación rechaza los argumentos de la defensa, que alegaba error en la valoración de la prueba y sostenía que el acusado se encontraba bajo los efectos de las drogas el día de los hechos, por lo que no habría sido consciente de que llevaba los billetes.
La Sección Tercera ya dio por probado que el acusado viajaba el 17 de junio de 2022 en un turismo junto a otros dos hombres cuando agentes de la Guardia Civil pararon el vehículo sobre las 16,30 horas en la localidad de Gérgal.
En el asiento trasero, donde iba sentado el acusado, los agentes intervinieron 30 billetes «ilegítimos» de 20 euros que simulaban ser auténticos, pero carecían de contrastes de seguridad como marcas de agua, tacto firme y reacción numérica a la luz.
La Audiencia consideró acreditado que el acusado había adquirido los billetes, era consciente que no eran moneda de curso legal y tenía intención de ponerlos en circulación para obtener un «enriquecimiento patrimonial indebido».
Ese mismo día, sobre las 16,00 horas, intentó cambiar uno de los billetes en el Bar Social de la pedanía almeriense, si bien la persona que le atendió se negó al apercibirse del engaño. Unos 15 minutos después, intentó hacer lo mismo en una gasolinera de Gérgal, con idéntico resultado, ya que la empleada se dio cuenta de que el billete era falso.
La sentencia de instancia absolvió a los otros dos acusados al no resultar acreditado que conocieran la existencia de los billetes falsos ni las intenciones de distribución por parte del acusado.
LOS BILLETES PARA JUGAR A LAS CARTAS
El TSJA avala el criterio de la Audiencia, que no dio credibilidad a la versión de la defensa y calificó de «rocambolesca excusa» que el acusado hubiera confundido los billetes falsos con los que, según afirmó, solía utilizar para jugar a las cartas.
La Sala subraya que el acusado no expuso esa explicación hasta el día del juicio y que tampoco se acreditó que en aquellas fechas fuera drogadicto y alcohólico ni que el día de los hechos confundiera, por esas supuestas adicciones, las fotocopias de billetes que decía usar para jugar.
La defensa también sostuvo que no hubo engaño suficiente para inducir a error a terceros, ya que las dos personas a las que intentó entregar los billetes se percataron de su falsedad. El alto tribunal andaluz rechaza también este motivo y señala que, para apreciar la estafa, basta con que los billetes sean «aparentemente legítimos, aunque no sean técnicamente perfectos».
Tras analizar los argumentos de la defensa, el TSJA ha considerado que la resolución dictada en primera instancia por la Audiencia Provincial de Almería es ajustada a derecho y ha confirmado íntegramente la condena, si bien contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS).
CL11
