Ocho de cada diez contratos menores de protección social del Gobierno no están justificados, según Tribunal de Cuentas
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MADRID, 27 Feb. (Agencias) –
Ocho de cada diez contratos menores de protección social del Gobierno no están justificados, según ha señalado este viernes el Tribunal de Cuentas.
El informe del Tribunal de Cuentas recoge el análisis de la contratación menor celebrada por los órganos, organismos y entidades que se encuentran integrados o son dependientes de los ministerios que han financiado sus contratos con créditos del Área de gasto 2 ‘Actuaciones de Protección y Promoción Social’ de los Presupuestos Generales del Estado. En concreto, ha analizado una muestra de 260 expedientes de contratos formalizados en 2024, por un importe conjunto de 3,8 millones.
En este sentido, añde que en el 78% de los expedientes fiscalizados hay una «insuficiente justificación» de la elección del procedimiento, ya que expone que «se fundamenta simplemente en el hecho de que los importes se encontraban dentro de los límites cuantitativos que permiten el uso de la figura».
En esta misma línea, recoge que su uso «no está previsto para la cobertura de necesidades recurrentes y periódicas a pesar de lo cual en el 47% de los expedientes fiscalizados, se ha utilizado con ese fin lo que revela una ausencia de previsión y una deficiente planificación». El Tribunal concluye que «se ha hecho un uso excesivo, no suficientemente justificado y muchas veces inadecuado de la figura del contrato menor».
Se consideran contratos menores los contratos de importe inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de servicios o suministros. Con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley de Contratos del Sector Público, dichas cuantías ascendían a 50.000 y 18.000 euros, respectivamente.
«La importancia de una fiscalización centrada en los contratos menores descansa en los riesgos derivados de un uso indebido o inadecuado de la figura pues la adjudicación directa permite un mayor margen de discrecionalidad», recalca.
De la misma manera, detalla que en diez contratos, celebrados por el Ministerio de Igualdad, por el Instituto de las Mujeres y por el Instituto de la Juventud (Injuve) se entregaron ayudas económicas a distintos agentes para la realización de actividades de interés social a través de contratos de patrocinio publicitario tramitados como contratos menores y no como subvenciones.
Igualmente, el Tribunal de Cuentas indica que en el 64% de los contratos de servicios y suministro fiscalizados el valor estimado se encontraba entre 14.500 y 14.999 euros, importes muy próximos al límite máximo (15.000 euros). «De ellos, en el 68% de esos expedientes, no se ha explicado cómo se realizaron los cálculos del presupuesto o los criterios aplicados para fijar su valor estimado, lo que impide comprobar que no se está alterando su objeto con el fin de evitar los límites legales establecidos», apunta.
ADVIERTE DE «INCOHERENCIAS»
También asegura que en el 10% de los expedientes fiscalizados se han advertido «incoherencias» en el orden cronológico de los actos administrativos del procedimiento de ejecución del gasto, lo que agrega que «podría sugerir que la contratación fue realizada con anterioridad al procedimiento y al margen de este».
Por otro lado, en el 68% de los expedientes fiscalizados afirma que consta la realización de actuaciones para la promoción de la concurrencia. No obstante, argumenta que son «numerosos los casos en los que solo se presentó a la licitación, como única oferta, la de la empresa adjudicataria o se admitió una única oferta, bien porque las otras proposiciones presentadas excedieron el límite cuantitativo máximo». En estos supuestos que ascendieron al 45% de los casos, precisa que en la práctica no se logró una concurrencia efectiva.
Finalmente, el informe del Tribunal de Cuentas formula recomendaciones dirigidas a los órganos de contratación orientadas a paliar las deficiencias detectadas. Además, recuerda que la Tesorería General de la Seguridad Social diseñó, en octubre de 2025, un conjunto de medidas dirigidas a todos sus órganos de contratación estableciendo «directrices específicas» que coinciden «sustancialmente» con las recomendaciones del Informe.
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